¿Qué es el documento puente? ¿Los docentes debemos seguirlo al pie de la letra? ¿Cómo se interpreta? ¿Qué es un indicador de logro?...
Son cuestiones que me habéis planteado muchos de vosotr@s a raíz de algunas de mis entradas en las que, de forma indirecta, he mencionado al documento puente. Hoy creo que es buen día para dedicar una entrada a esta herramienta curricular. Vamos al lío...
¿Qué es el documento puente?
Es una herramienta curricular elaborada por el Servicio de Formación del Profesorado de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunidad Valenciana, que pretende ser un instrumento que facilite al profesorado el paso del currículo a las programaciones didácticas, así como la elaboración de las correspondientes unidades didácticas. Es por este motivo por el que se bautizó como "documento puente". Se trata de una concreción curricular, pues propone una estructura relacional de los elementos prescriptivos del currículo: objetivos de etapa, contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje y competencias clave. La estructura que presenta el documento permite hacer explícita la integración de las competencias en el currículo incorporando un nuevo elemento de carácter orientativo con el que se relacionan las competencias: los indicadores de logro. Estos indicadores de logro están elaborados a partir de los criterios de evaluación y son los elementos que hacen posible graduar para cada nivel de la etapa el rendimiento o logro que el alumnado debe alcanzar. Garantizan, por lo tanto, que al finalizar la etapa se alcancen también los resultados de aprendizaje que establecen los estándares relacionados con cada uno de los criterios de evaluación de los que parten. Todos estos términos (estándares de aprendizaje, objetivos, criterios de evaluación, indicadores de logro) han sido redactados en términos competenciales como resultados de aprendizaje e incluyen procesos de diferente nivel de complejidad, contenidos de diverso tipo y contextos de realización adecuados a la naturaleza de la ejecución de los aprendizajes que evidencian con el objeto de posibilitar su observación y evaluación en contextos reales. En el documento puente encontramos una secuencia progresiva y diferenciada que facilita notablemente la evaluación de los aprendizajes de nuestro alumnado. Por tanto, se presenta en un formato que permite visualizar la progresión de los elementos que interrelaciona a lo largo de todos los niveles. Permite visualizar también, para cada uno de los indicadores de logro, los niveles de competencia que harán posible la programación y evaluación de los aprendizajes de refuerzo o ampliación y realizar las adaptaciones curriculares individuales significativas, facilitando de este modo su inclusión. A partir de los criterios de evaluación y de los indicadores de logro, se pueden construir los perfiles de cada una de las competencias para cada nivel educativo, con lo que es posible establecer de forma precisa la contribución que cada materia realiza al desarrollo de cada una de las competencias clave desde cada nivel.
¿Cómo accedo al documento puente?
Aquí tienes los enlaces:
- Primaria: http://mestreacasa.gva.es/web/formaciodelprofessorat/dp
- Secundaria: http://mestreacasa.gva.es/web/formaciodelprofessorat/dpsecundaria
¿Es un documento preceptivo?
Es una herramienta que desarrolla y concreta los currículos de primaria (Decreto 108/2014) y de secundaria (Decreto 87/2015), pero no es un documento normativo ni preceptivo, es decir, no es un documento de obligado cumplimiento, pues no contamos con ninguna circular, instrucción o resolución que lo indique de forma explícita. Por tanto, el profesorado debe asegurarse de cumplir lo que se indica en los correspondientes currículos. Ahora bien, es innegable que el documento puente es una herramienta tremendamente útil, una concreción curricular fantástica que debe tenerse en cuenta por los centros educativos y por tanto por todo el profesorado de primaria y secundaria.
¿Cómo se interpreta?
Cada asignatura cuenta con tres documentos:
- El Documento puente,
- El perfil de criterios de evaluación
- El perfil de indicadores de éxito.
Desgranemos el Documento puente...
- En el propio Documento puente (1) se relacionan los contenidos, criterios de evaluación, competencias clave, estándares de aprendizaje e indicadores de logro de cada materia. Se emplea una presentación en formato tabla para cada uno de los bloques de contenidos, de forma que es fácilmente apreciable la progresión por cursos, pues en una misma página encontramos todos los cursos de la etapa. Se trata de un formato idóneo para trabajar la progresión curricular entre cursos y etapas.
- El perfil de criterios de evaluación (2) relaciona los criterios de evaluación con las competencias clave y los agrupa por cursos y bloques. Se trata de un formato muy acertado para identificar los criterios de evaluación de cada materia por curso y bloque.
- El perfil de indicadores de éxito (3) completa el documento anterior (perfil de criterios de evaluación), detallando los indicadores de logro de cada uno de los criterios de evaluación. Sin perder de vista el documento puente (documento que relaciona todos los elementos curriculares), el perfil de indicadores de éxito es, desde mi punto de vista, el documento con aplicación más práctica en las programaciones didácticas y en el diseño de las actividades de aprendizaje.
¿Qué diferencias existen entre los estándares de aprendizaje, los criterios de evaluación, y los indicadores de logro?
- Los estándares de aprendizaje evaluables son especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el estudiante debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables.
- Los criterios de evaluación son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura.
- Los indicadores de logro están elaborados a partir de los criterios de evaluación y son el elemento que hace posible graduar para cada nivel de la etapa el rendimiento o logro que el alumnado debe alcanzar.
Por tanto, los criterios de evaluación son los referentes a partir de los cuales se derivan los estándares de aprendizaje y los indicadores de logro. Veamos un ejemplo: Criterios de evaluación (CCEE), estándares de aprendizaje (EEAA), e indicadores de logro (IILL), del tercer bloque de contenidos de tecnología de 1º de ESO:
- (CCEE1) Analizar los esfuerzos a los que están sometidas las estructuras así como la transmisión de los mismos entre los elementos que lo configuran experimentándolo en prototipos.
- (EEAA1.1) Identifica los esfuerzos característicos y la transmisión de los mismos en los elementos que configuran la estructura.
- (IILL1.1) Analiza los esfuerzos a los que están sometidas las estructuras por observación y con apoyo de dibujos y esquemas.
- (IILL1.2) Analiza la transmisión de los esfuerzos entre los elementos que configuran las estructuras experimentándolo en prototipos.
- (CCEE2) Describir las características de cada tipo de estructura e identificarlas en ejemplos de la vida real utilizando información escrita, audiovisual y digital.
- (EEAA2.1) Diseña un prototipo que da solución a un problema técnico, mediante el proceso de resolución de problemas tecnológicos.
- (EEAA2.2) Simula mediante software específico y mediante simbología normalizada circulitos mecánicos.
- (IILL2.1) Describe las características de los diferentes tipos de estructuras utilizando información escrita, audiovisual y digital.
- (IILL2.2) Identifica cada tipo de estructuras en ejemplos de la vida real.
Si analizamos con detalle el texto podemos identificar de forma clara las diferencias entre estos términos. Centrémonos aún más y analicemos el criterio de evaluación 2:
- Describir las características de cada tipo de estructura e identificarlas en ejemplos de la vida real utilizando información escrita, audiovisual y digital.
- Los estándares de aprendizaje asociados a este criterio de evaluación nos indican que el alumnado deberá diseñar un prototipo que solucione un problema técnico, que además deberá diseñarlo aplicando un proceso de resolución de problemas tecnológicos y que debe emplear un software específico y la simbología normalizada.
- Los indicadores de logro nos dividen el criterio de evaluación facilitando su interpretación y consiguiente evaluación: "describe características" e "identifica tipos de estructuras".
Ahora te pregunto yo... ¿De verdad crees necesarios los contenidos? ¿No crees que los criterios de evaluación, los estándares de aprendizaje y los indicadores de logro ya nos aportan suficientes orientaciones para atender el proceso de enseñanza y aprendizaje? Se terminó el tiempo... Feliz miércoles, Raül
Muchas gracias Raúl Donde puedo obtener bibliografía de cara a evaluar,hacer rúbricas para profesores técnicos Un saludo Lourdes
Hola Lourdes,
Bibliografía hay muchísima. En la sección "Evaluación" de este blog tienen muchísima información.
https://raulsolbes.com/pedagogiaydidactica/evaluacion/
Un saludo,
Hola, Raul. Muchas gracias por toda esta información. Me es de mucha utilidad para elaborar un Trabajo de Fin de Máster que tiene que seguir el modelo de la oposición de secundaria de la CV.
Una pregunta, entonces, tras la aparición de los indicadores de logro que concretan los criterios de evaluación, en la parte de “Evaluación” de la Programación Didáctica, ¿qué tendría más sentido relacionar: los CRITERIOS del Decreto 87/2015 con los ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES Del Real Decreto 1105/2014 (como se hacía hasta ahora) o los CRITERIOS anteriormente mencionados con el los INDICADORES DE LOGRO DEL DOCUMENTO PUENTE?
Muchas gracias.
Hola Daniel,
Los indicadores de logro no son preceptivos, es decir, no son de obligado cumplimiento. Por tanto, salvo que el centro educativo defina en su concreción curricular que se deba utilizar este documento puente, lo correcto sería emplear los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables. En cualquier caso, los indicadores de logro orientan en referencia al nivel de profundidad que deberías pedirle a tu alumnado.
En resumen, en la programación didáctica debes mencionar los criterios de evaluación (podrías también hacer mención a los estándares de aprendizaje), pero NO a los indicadores de logro (excepto que se empleen como concreción curricular de centro). En cuanto a los instrumentos de evaluación que utilices para comprobar si el alumnado ha alcanzado los criterios de evaluación, éstos sí podrían emplear los indicadores de logro.
Un saludo,
Hola Raül,
Esto del documento puente, ¿Se aplica también a FP? Soy muy nueva y aún no m entero mucho pero la verdad es que no había escuchado nada al respecto.
Gracias!
Hola Eva,
El documento puente solo se ha desarrollado para las enseñanzas de primaria y ESO
Un saludo,
Hola Raül,
Dos dubtes que tinc sobre aquest tema per a la programació (oposicions secundària Comunitat Valenciana) i m’agradaria que em pogueres ajudar si eres tan amable.
En primer lloc, en quant als Estendards d'Aprenentatge, tinc el dubte de si els hem de posar a la programació o no.
En segon lloc, en quant als Indicadors d'Èxit del document pont, si que els he inclòs en la programació per a justificar l'assoliment competencial, però com l'he de referenciar?
Moltes gràcies de bestreta,
Raül,
Bon dia de nou,
En sembla que per al 1r dubte ja t'he donat resposta en un comentari anterior. Per que fa als indicadors d'èxit, cal tindre en compte que no són prescriptius, és a dir, el document pont i els seus indicadors d'èxit són una proposta de concreció curricular del Servici de Formació del Professorat, però no tenen validesa legal si no són recolzats pel centre educatiu.
Salutacions,
Buenas tardes, Raúl
Primero quería agradecerte tu labor y tu respuesta a una duda que puse en otra sección de tu blog sobre cómo poner los contenidos en la programacion didáctica. Estoy de acuerdo con tu visión. Sin embargo, he decidido incluirlos, a modo "copia pega", aunque los he reorganizado de manera que quede más práctico sin repetir los contenidos que vienen en todos los bloques. He decidido esto porque temo que el tribunal que me toque no sea tan innovador y me echen para atrás la programación por considerar que el poner los titulos y encabezados no significa "incluir los contenidos".
Bueno, en realidad escribo por otro motivo: Me estoy preparando para las de secundaria de inglés, 4 ESO. Al ver el documento puente, me doy cuenta de que la relación de los criterios de evaluación con los estándares de aprendizaje no concuerdan. Me atrevería a decir que están mal. Los criterios de evaluación están casi igual redactados para todos los cursos. Si esto es así, no entiendo por qué, (por ejemplo) el criterio 1 de evaluación lo relacionan con los estándares 1, 2, 3, 5, 6, 7, para 1º, 2º y 3º, pero para 4º solo ponen el 4, 5, 6 y 7, cuando está clarísimo que también están relacionados con el 1, 2 y 3. Es por ponerte un ejemplo. Se han equivocado? Puedo hacer yo mi propia interpretación y relacionarlos como yo considere? Gracias.
Buenos días Elísabeth,
Aunque todo es posible, es bastante difícil que exista un error de este tipo en el documento puente. Seguramente la relación que indicas en tu comentario tiene algún sentido pedagógico. Te invito a que analices con detalle e intentes buscar una explicación más allá de las simples referencias. De cualquier modo, vuelvo a insistir, como ya he hecho en varias entradas y en varios comentarios:
El documento puente es una concreción curricular de carácter no prescriptivo, es decir, no existe obligación alguna a aplicarlo. Se debe tomar como un ejemplo de concreción curricular, pero lo que sí o sí debemos respectar es el currículo.
Mucha suerte con las OPOS. Un saludo,
Raül
Hola,
En la normativa de la comunidad valenciana no aparecen especificados en bachillerato estándares de aprendizaje ni indicadores de éxito, no como en otros niveles o en otras comunidades. A nivel de programación, cómo expresar esas "concreciones" que, tras cuatro años, todavía no han sido desarrolladas por la autoridad competente? De forma unilateral, interpretando cada uno de los criterios y especificándolo según el criterio de cada cual? O quizá atribuyendo un determinado porcentaje a cada criterio y evaluar actividades que se correspondan con el cumplimiento del mismo?
Gracias.
Hola Asun,
Los estándares de aprendizaje evaluables se encuentran recogidos en el Real Decreto 1015/2014 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-37).
Los indicadores de éxito son una concreción curricular que facilitó el servicio de formación del profesorado de la Conselleria de Educación y no tienen carácter prescriptivo, es decir, no son de obligado cumplimiento. Este nivel de concreción curricular es una competencia de los centros educativos. Por tanto, la autoridad competente es la propia escuela, y de los departamentos didácticos correspondientes.
Un saludo,
Buenos días Raúl, de la asignatura de francés (Secundaria)... ¿no existe documento puente?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo,
Hola Juan Antonio,
Lamentablemente no existe, o al menos no ha sido publicado.
Un saludo,
Raül
Buenos días Raül,
Muchas gracias por toda la información, me está ayudando mucho.
El documento puente me parece un instrumento genial, la mar de útil a la hora de redactar la PD para las oposiciones (en mi caso de ByG en secundaria). Sin embargo no paro de darle vueltas a los indicadores de logro y a los estándares de aprendizaje. ¿Cómo los puedo encajar en la evaluación? por lo que estoy viendo, lo más sensato es poner los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables, y por lo que veo, por motivos de espacio, mucha gente descarta los indicadores de logro. Pero a mi me gustan los indicadores de logro, me parecen muy acertados, pero no se dónde encajarlos o como ponerlo todo sin hacer un lío o pasarme de las 60 páginas. ¿Algún consejo?
Muchas gracias por todo
Un saludo
Hola Julia,
Muchas gracias por tus palabras.
Los indicadores de logro y los estándares de aprendizaje evaluables debemos tenerlos en cuenta, fundamentalmente en el desarrollo de la programación didáctica y más concretamente en la programación de aula y en la evaluación de las actividades. Te recomiendo que des un vistazo a las siguientes 3 entradas, en las que desarrollo un caso práctico donde podrás comprobar la aplicación de los indicadores, los estándares y las competencias básicas:
(1) https://raulsolbes.com/2018/10/03/evaluacion-por-competencias-en-eso-y-bachillerato/
(2) https://raulsolbes.com/2018/10/17/criterios-de-evaluacion-y-estandares-de-aprendizaje-como-referentes-de-evaluacion/
(3) https://raulsolbes.com/2018/10/31/instrumentos-para-la-una-evaluacion-por-competencias/
Un saludo,
Hola Raül, llevo mucho tiempo intentando que alguien me explique bien el tema de estándares y demás. Por fin, hoy he dado con tu página y con esta entrada. Te agradezco mucho la información que has compartido. Lo has explicado muy bien. Muchas gracias.
Muchas gracias por tu comentario Mariate!!!
Feliz Navidad
Buenas tardes Raúl,
¿Documento puente de economía para 4º de la ESO no existe? gracias.
Buenos días Nora,
Lamentablemente el documento puente no se desarrolló para todas las materias. Se centró en las troncales y algunas específicas, primando el impacto que pudieran tener en cuento al número de alumnado.
Francés, economía y otras materias similares no cuentan con documento puente.
Un saludo,
Raül,
Dónde puedo encontrar el listado de estándares de aprendizaje (EEAA), me estoy volviendo loca!! y en el DOC. Puente no están listados (solo aparecen codificados).
Gracias de antemano por tu respuesta!
Raül,
Gracias por tus aportaciones, soy de mucha ayuda.
No encuentro los estándares de aprendizaje (EEAA), en el documento puente aparecen por códigos, pero no listados, y en la orden tampoco están. Me puedes ayudar?
Gracias
Hola Eva,
Los estándares de aprendizaje evaluables los encontrarás en los anexos de Reales Decretos de currículos básicos
RD 126/2014 (primaria): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-2222
RD 1105/2014 (ESO y bachillerato): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-37
Un saludo,
En Valencia tengo que poner estándares o solo indicadores de logro???
Mi preparador me ha dicho que no hay que poner estándares en Valencia
Buenos días Encarni,
El artículo 11 del Decreto 108/2014 (primaria) y 4 del Decreto 87/2015 (secundaria), así como las correspondientes instrucciones de organización y funcionamiento de los centros de primaria y secundaria en la Comunidad Valenciana (Resoluciones de 5 de julio de 2019) no hacen referencia a los estándares de aprendizaje. Por tanto, no es prescriptivo incluirlos en tu programación didáctica. Se trata de una decisión que debe tomar en el marco de autonomía de cada centro educativo.
Un saludo,
Según el artículo 3 de la ORDEN 38/2017, de 4 de octubre, por la que se regula la evaluación en la Comunitat Valenciana, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, establecidos en el currículo vigente y concretado en las programaciones didácticas.
En la orden de evaluación si te indica los estándares!
y que opinas de los indicadores de logro para bachillerato? no hay documento puente.
Hola Alicia,
Los estándares de aprendizaje evaluables son instrumentos que permiten establecer pruebas estandarizadas a nivel nacional. También nos permiten determinar el tipo de actividades de enseñanza-aprendizaje que debemos diseñar en nuestras clases (te recomiendo la lectura de estas 3 entradas: https://raulsolbes.com/2018/10/03/evaluacion-por-competencias-en-eso-y-bachillerato/ - https://raulsolbes.com/2018/10/17/criterios-de-evaluacion-y-estandares-de-aprendizaje-como-referentes-de-evaluacion/ - https://raulsolbes.com/2018/10/31/instrumentos-para-la-una-evaluacion-por-competencias/).
Incluir todos los estándares de aprendizaje en una programación didáctica me parece excesivo. Creo que lo más acertado es indicar que los estándares de aprendizaje se emplearán para el diseño de las actividades de enseñanza y aprendizaje y realmente hacer uso de ellos en el desarrollo de la programación de aula.
En cuanto a los indicadores de logro. Como ya he comentado en varias ocasiones, el documento puente no es prescriptivo. Se trata de una propuesta del Servicio de Formación del Profesorado de la Comunidad Valenciana y puede utilizarse como ejemplo de concreción curricular. No existe documento puente para bachillerato y tampoco para muchas materias específicas (francés, por ejemplo). Los indicadores de logro nos indican el grado de profundidad que debemos exigir a un criterio de evaluación en función del curso. Debe ser el centro educativo, atendiendo a su autonomía pedagógica, quien, a través de su concreción curricular, diseñe su propio documento puente.
Feliz día,
Muchísimas gracias por tu respuesta! Sé que es mucho meter yodos los estándares pero no sé como hacerlo si tengo que relacionarlos con el resto de elementos, criterios, competencias e instrumentos de evaluación! Puedo poner simplemente el número? O poner un bloque de ejemplo en evaluación y en las unidades solo los números?
Hola Alicia,
Mi opinión es que no deben incluirse los estándares en la programación didáctica. Desde mi humilde punto de vista es suficiente con los criterios de evaluación.
Los estándares y en su caso lo indicadores, son herramientas de desarrollo y por tanto deben emplearse en la programación de aula.
Debemos buscar programaciones didácticas claras y concisas que sean una verdadera herramienta de trabajo. Para ello, puedes hacer referencia a los estándares y a los indicadores (incluso puedes indicar donde encontrarlos exactamente), pero no creo que sea acertado relacionarlos en la programación didáctica. ¿Qué aplicabilidad le encuentras a incluir letras y letras y más letras sin contextualizar?
Un saludo,
Millones de gracias, eres un crack.
Una última cosa: las leyes a las que debo hacer referencia en mi programación son las siguientes: 87/2015
104/2018
La 51/2018 se pone???
Hay alguna más para poner en la comunidad Valenciana??? Mil gracias
Hola Encarnación,
Muchas gracias por tus palabras de reconocimiento.
La normativa que regula los aspectos curriculares en ESO y bachillerato en la Comunidad Valenciana es la siguiente:
Decreto 87/2015
Decreto 136/2015
Decreto 51/2018
http://www.ceice.gva.es/es/web/ordenacion-academica/secundaria/curriculo
Un salud,
Raül
Hola Raül, muchas gracias por tu texto. A modo de consulta, ¿cada una de las partes de este documento de donde parten? Es decir, los contenidos pertenecen a algún RD? Por ejemplo.
Hola Alba,
Muchas gracias por tus palabras. Las fuentes del documento fuente es el propio currículum. Para primaria el Decreto 108/2014 y para ESO el Decreto 87/2015
Un saludo,
Sólo quería dejar mi felicitación por el artículo. Me parece muy explícito y animarte a que sigas con el blog. Un saludo.
Juan, MUCHAS GRACIAS por tus palabras!!!
Un saludo,
Hola Raúl. En primer lugar muchas gracias por toda la información que nos haces llegar. Se entiende todo mucho mejor a la hora de llevarlo a la práctica. En mi centro me piden que relacione los estándares con los ítems de evaluación y los instrumentos de evaluación de mi asignatura. ¿A qué se refieren con los ítems de evaluación? ¿Se refiere a los indicadores? Lo he preguntado pero no me dan una respuesta clara. Creo que ni ellos lo saben.
Hola Héctor,
Muchas gracias por tus palabras de reconocimiento.
La verdad es que no sé qué responderte. Me pides que te explique a que se refiere la relación entre estándares, ítems e instrumentos de evaluación a la que hace referencia tu centro educativo, y además me indicas que desde el propio centro no aportan una explicación clara.
Yo solo puedo darte mi opinión interpretativa, pero quien debe aclarar este aspecto es tu propio centro educativo.
A mi parecer, creo que que la relación "estándares-íntems-instrumentos" hace referencia a la relación entre "estándares de aprendizaje evaluables, criterios de evaluación y los instrumentos de evaluación". Se trata de asociar cada instrumento de evaluación con los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables del currículum, de forma que todo lo que evalues en tus clases tenga una razón curricular y que además todos los criterios y estándares se evalúen a través a través de uno u otro instrumento. Entiendo que los ítems son las partes del instrumento de evaluación (preguntas de un examen, criterios de una rúbrica,...).
Espero haberte ayudado. Un saludo,
Muchísimas gracias, es justo la explicación que necesitaba para terminar de comprender los conceptos!!!! 🙂
Muchas gracias por tu feedback Teresa!!!
Se agradece mucho.
Un saludo,
Enhorabuena por el artículo.
Tengo una duda sobre los CE de nuestro Decreto 87/2015 y los EAE del RD1105/2014. Al no tener EAE en la Comunidad Valenciana, nuestro D87/2015 nos dice que debemos guiarnos de los del RD1105/2014. Pero, hay algunos CE de nuestro D87/2015 como muchos del bloque 5 que no guardan relación alguna con los EAE del 1105/2014, en ese caso, ¿Cómo evaluamos ese CE si no existe EAE que haga relación, no se si me explico.
Muchas gracias.
Hola Francisco,
Los referentes de evaluación son los criterios de evaluación. Los estándares de aprendizaje evaluables, en la práctica, son referentes para el diseño de las actividades de evaluación (fundamentalmente en las pruebas estandarizadas). Por tanto, te recomiendo que te centres en los criterios.
Un saludo,
Hola
Me gustaría como se puede completar el apartado de los indicadores de logro o éxito en el caso de Bachillerato para la Comunidad Valenciana?
Se copian los estándares de aprendizaje más adecuados del Decreto 1105/2014? Se deben inventar a partir del Decreto 1105/2014?
Hola Álvaro,
El documento puente es un ejemplo de concreción curricular. La deducción de los indicadores de logro debe realizarse por el equipo educativo en base a los criterios de evaluación, las competencias clave y los temas transversales. Los estándares de aprendizaje evaluables pueden servir de ayuda, pero parace que la LOMLOE se los carga, así que de momento te aconsejo que te centres, fundamentalmente, en los criterios de evaluación.
Un saludo,
En primer lugar darte las gracias por compartir tu trabajo, que tanto nos está ayudando a muchos. ¡GRACIAS!
En segundo lugar, disculpa que, quizás, pregunte algo tan obvio para muchos que ya llevan tiempo embarcados en este proceso, pero es una duda que me está restando mucho tiempo y quería consultarte.
Quería preguntarte referente a los Objetivos Generales de Etapa (OGE) y los objetivos generales de área(OGA) que me traen de cabeza.
Los OGE los obtenemos del artículo 23 de la LOMCE 8/2013. Aunque he visto que en el artículo 15 del Decreto 87/2015 también se definen unos objetivos para la ESO. Por lo que no me queda muy claro qué objetivos seleccionar como OGE.
Y por otro lado, ¿de dónde extraemos los OGA?
Un saludo
Estimado Eloy,
Los objetivos generales para la ESO son los indicados en el artículo 23 de la LOE. El artículo 15 del Decreto 87/2015 no introduce nada nuevo (son los mismos 12 objetivos).
Los objetivos de área deben concretarse en los centros educativas a través de las concreciones curriculares y las programaciones didácticas. Se trata del marco de autonomía propia de cada centro. Obviamente los objetivos de área deben estar alineados con los objetivos generales, pero también deben hacer un guiño a la línea pedagógica del centro educativo en el que van a desarrollarse. También han de tener en cuenta la idiosincrasia del departamento didáctico, del entorno, y sobretodo del alumnado del centro.
Un saludo,
¡Hola! Ante todo, muchas gracias por toda esta información, se agradece muchísimo.
Estoy preparando la programación para las próximas oposiciones de la comunidad Valenciana, en concreto para inglés de 3º de ESO. Creo que de momento estoy bien encaminado, pero estoy con el tema de la evaluación y es una duda detrás de otra.
Mis principales cuestiones son estas:
1 - En los contenidos del decreto autonómico, se ha añadido un Bloque 5 con elementos transversales que no existe en el Real Decreto. Dado que en el decreto valenciano no aparecen los estándares (se remite al Real Decreto), ya no sé si debería tan solo relacionar contenidos, objetivos y competencias con criterios, o si necesariamente debo explicitar los estándares y dejar el bloque 5 vacío en ese sentido (como aparece en el documento puente). No sé si me explico. Si hago esto, me surge la duda de si es necesario especificar los estándares en la programación (me refiero a detallarlos) o simplemente indicar su importancia según el Real Decreto y mencionar que, en la práctica, se tendrán en cuenta en cada unidad para la evaluación (y reflejarlos en las actividades y rúbricas, poniendo una como ejemplo en los anexos de la programación, o el día de la defensa)
2 - Los indicadores de logro no son necesarios, ¿no? Y lo mismo puede haber estándares que no considero necesario especificar más con indicadores de logro.
3 - En la Comunidad Valenciana hay más objetivos de etapa aparte de los del Real Decreto. ¿Es necesario añadirlos también y relacionarlos con todos los demás elementos curriculares, aparte de los objetivos del Real Decreto?
Gracias y un saludo.
Estimado Daniel,
Respondo a las dudas que me planteas:
1. Los referentes para la evaluación deben ser los criterios de evaluación y las competencias básicas. Los estándares se emplean para pruebas entandarizadas. En la práctica, podemos emplear los estándares (si los tenemos especificados) como guía de elaboración de actividades de aprendizaje,
2. Los indicadores de logro del documento puente no son preceptivos salvo que el propio centro educativo los haga suyos y los utilice como parte de su concreción curricular.
3. Los objetivos generales de la ESO son los indicados en el artículo 22 de la LOE. Los objetivos de etapa deben definirse en la concreción curricular de cada centro. El Real Decreto 1105/2014 y el Decreto 87/2015 no incluyen objetivos adicionales a los del artículo 22 de la LOE.
Suerte con las "OPOS",
Estimado Raül, muchas gracias por tu blog, es muy interesante. Quería hacerte una consulta pues me estoy liando bastante al hacer una programación didáctica para una asignatura troncal de Bachillerato, para la cual no hay documento puente. Me explico, intento hacer una tabla de relaciones en la que se encuentren los contenidos, los criterios de evaluación, las competencias y los estándares de aprendizaje, similar a los documentos puente de la ESO del Cefire (aunque sin las letras de los objetivos de etapa).
El problema es que si voy al Decreto del Consell, en su artículo 4, pone que los contenidos comunes, los criterios y los estándares de aprendizaje son los del Real Decreto 1105/2014 en su anexo I. Y a continuación dice, que "Los contenidos y criterios de evaluación para cada curso, con los cuales se complementan los establecidos por la normativa básica, las relaciones entre las competencias y los contenidos y criterios de evaluación, así como las recomendaciones de metodología didáctica, son los establecidos en el anexo I del presente Decreto".
¿No es un poco contradictorio? Si yo voy al Anexo I del Decreto del Consell hay un cuadro relacional en el que sólo aparecen para esta asignatura de bachillerato los Contenidos + Criterios de Evaluación + Competencias.
Si yo voy al Anexo I del Real Decreto estatal, para la misma asignatura hay un cuadro en el que aparecen Contenidos + Criterios de Evaluación + Estándares de aprendizaje evaluable.
Para más Inri, en el Anexo I del Decreto valenciano los contenidos se amplían con algunos contenidos transversales (generalmente en el bloque I de cada asignatura), y además, los criterios de Evaluación son diferentes, tienen diferente redacción y se enumeran por siglas BL1.1. , BL1.2., BL1.3, etc. a diferencia del Real Decreto estatal.
Mi pregunta es ¿qué hago entonces? Uso lo que aparece en el Decreto Valenciano, y a eso le añado los estándares de aprendizaje evaluables del Real Decreto? ¿O uso so solo los contenidos y criterios de Evaluación y competencias del Decreto valenciano (Anexo I) y no menciono nada más?
Muchas gracias por tu atención y por tu blog.
Buenos días Paku,
Muchas gracias por tus palabras de reconocimiento.
Respondo a las dudas que me planteas:
1. No existe contradicción alguna en el artículo 4 del D87/2015. El RD1105/2014 incluye los contenidos mínimos y los estándares de aprendizaje evaluables (competencias del Ministerio). El D87/2015 desarrolla estos contenidos mínimos o otros aspectos (competencia de las CCAA).
2. Los contenidos del RD1105/2014 son los esenciales (los mínimos exigibles para todas las CCAA).Los contenidos del D87/2015 son adicionales (competencia de la Comunidad Valenciana).
EN RESUMEN: debes utilizar los contenidos y criterios de evaluación del D87/2015 y los estándares de aprendizaje evaluables asociados que encontrarás en el RD1105/2014.
Un saludo,
Bon dia Raül
No trobe informació del document pont de l´assignatura d´Economia de 4 d´ESO.
Saps perquè no hi ha informació?
On puc torbar informació?
Moltes Gràcies.
Hola José,
El document pont no va ser desenvolupat per a totes les assignatures. Lamentablement Economia és assignatura sense document pont.
Salutacions,
Hola Raül. Me encanta tu blog y lo consulto para muchas cuestiones relacionadas con las opos de EP porque lo explicas todo muy clarito. Muchas gracias por la labor divulgativa que haces. He leído y releído esta entrada y hay algo que no me cuadra: "Por tanto, los criterios de evaluación son los referentes a partir de los cuales se derivan los estándares de aprendizaje y los criterios de evaluación. " ¿Puede ser que te refieras a "... los estándares de aprendizaje y los indicadores de logro"? Si no es así, disculpa mi ignorancia. Un saludo 😉
Hola Eva,
Muchas gracias por tus palabras de reconocimiento.
El "indicador de logro" es un concepto NO preceptivo. Se trata de una excelente herramienta de concreción curricular propuesta por el servicio de formación del profesorado de la Comunidad Valenciana, pero el documento puente no es un documento normativo, es decir, no tiene ninguna validez legal.
La oración "Por tanto, los criterios de evaluación son los referentes a partir de los cuales se derivan los estándares de aprendizaje y los criterios de evaluación" es incorrecta. Debería escribir: Por tanto, los criterios de evaluación son los referentes a partir de los cuales se derivan los estándares de aprendizaje y los indicadores de logro".
Acabo de actualizarla en la entrada del blog.
Un saludo,
Hola Raül. En primer lugar, gracias por tu blog y todo el trabajo que hay invertido en él. Es de gran ayuda.
Estoy buscando el documento puente de primaria, pero todos los enlaces están rotos, creo que conselleria, con la aplicación de las nuevas leyes los ha borrado.
¿Se te ocurre algún sitio donde los pueda conseguir?
¿Tú no los tendrias?
Muchas gracias
Buenos días Jesús María.
Muchas gracias por tus palabras. Desde la entrada en vigor de la LOMLOE, el documento puente está «descatalogado». Si quieres una referencia similar, puedes consultar la sección web de descargas de escuela de maestros.
Un saludo.
Moltes gràcies Raül.