La entrada anterior la centré en conceptos curriculares asociados a la la educación obligatoria y el bachillerato. La de hoy la dedicaré a conceptos propios del ámbito curricular de la Formación Profesional (FP):
- Las competencias
- Los objetivos
- Los resultados de aprendizaje
- Los criterios de evaluación
Vamos al lio...
COMPETENCIAS Y OBJETIVOS
Las competencias describen una serie de capacidades y conocimientos que tienen que conseguir los titulados de FP para dar respuesta a los requerimientos del sector productivo, aumentar la ocupación y favorecer la cohesión social.
Podemos diferenciar tres tipos de competencias::
- Las competencias profesionales, las cuales tienen que dar respuesta a todas las fases relevantes del proceso tecnológico específico del título.
- Las competencias personales, que se relacionan con la ocupación.
- Las competencias sociales, centradas en la cohesión social.
A su vez, estas competencias pueden estructurarse en los siguientes ámbitos:
- competencias técnicas
- competencias funcionales
- competencias relacionadas con la en torno a trabajo
- competencias culturales de la empresa
- competencias relacionadas con el espíritu emprendedor
- competencias de organización y coordinación
- competencias de respuesta a las contingencias y de autoaprendizaje
- competencias para la participación
En estos ámbitos están incluidas las competencias clave, y hay que tener en cuenta que no son independientes unas de otras, de forma que entre ellas se complementan. Por esta causa, a veces es muy complicado separarlas y afirmar que una competencia es únicamente profesional, personal o social.
Las competencias que encontramos redactadas en cualquier título de FP se deducen del proceso tecnológico propio de cada título y se redactan de forma que resulta complicado conseguirlas en un entorno educativo (en el aula). De hecho, la propia definición de competencias (primer párrafo de este apartado) las contextualiza en un entorno no puramente escolar (sector productivo, ocupación, cohesión social).
Los objetivos expresan los resultados esperados del alumnado como consecuencia del proceso formativo. Se obtienen a partir de las competencias, y su finalidad es facilitar la planificación didáctica. Así pues, los objetivos generales son una herramienta muy importante en el proceso de aprendizaje y en la planificación docente por parte del profesorado.
Veamos un par de ejemplos donde relaciono las competencias generales (artículo 5 del Real Decreto que regula el Título) y objetivos generales (artículo 9 del Real Decreto que regula el Título):
- Técnico en Producción Agroecológica (Real Decreto 1633/2009)
- Competencia general "a":
- Determinar el cultivo que se va a implantar, interpretando los datos climáticos, edafológicos, topográficos y de agua de riego de la zona.
- Objetivo general asociado (objetivo "a"):
- Interpretar y procesar los datos climáticos, edafológicos, topográficos y de recursos hídricos de la zona, valorando su repercusión sobre la planta para determinar el tipo de cultivo a implantar.
- Competencia general "a":
- Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa (Real Decreto 1685/2011):
- Competencia general "a":
- Dirigir y gestionar las actividades, organizando los recursos materiales, personales y técnicos.
- Objetivo general asociado (objetivo "a"):
- Identificar los recursos personales, materiales y técnicos, organizando las actividades de asesoría, para dirigir y gestionar los procesos.
- Competencia general "a":
Si analizamos con detalle las dos competencias generales y sus correspondientes objetivos asociados podremos comprobar que los objetivos tienen como finalidad conseguir la competencias, y que además pueden alcanzarse en el aula a través de actividades de aprendizaje. En cambio las competencias, tal y como están redactadas, requieren de un entorno laboral:
¿Podemos conseguir que nuestro alumnado dirija y gestione las actividades, organizando los recursos materiales, personales y técnicos (competencia)? Pues, aunque podríamos simular una situación empresarial "real", será bastante difícil lograr esta competencia en el aula. Ahora bien, ¿podría nuestro alumnado identificar los recursos personales, materiales y técnicos, organizando las actividades de asesoría, para dirigir y gestionar los procesos (objetivo)? Pues esto es bastante más fácil de conseguir, por ejemplo a través de una actividad de aprendizaje donde le planteemos a nuestro alumnado una potencial situación de una asesoría a partir de la cual deba identificar los recursos personales, materiales y técnicos que le permitan gestionar el proceso.
Por tanto, en la programación didáctica, y en el proceso de enseñanza y aprendizaje en general, parece más sensato hablar de objetivos que de competencias.
El módulo profesional de formación en centros de trabajo (FCT) es el que contribuye en mayor medida a materializar la consecución de las competencias generales, mientras que el resto de módulos se centran más en los objetivos.
RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los resultados de aprendizaje se expresan en término de competencia contextualizada y representan el conjunto de capacidades y conocimientos adquiridos en un contexto de aprendizaje, que, movilizados, permiten conseguir los objetivos del módulo profesional. Se obtienen a partir de los objetivos generales del ciclo formativo y de la reorganización de los módulos profesionales, y se formulan a través de tres grandes componentes:
- Un logro, donde se expresa la acción que tiene que conseguirse asociada a una función, técnica, proceso, equipo,...
- El objetivo que expresa el contenido sobre el que se conseguirá el logro.
- Las acciones en el contexto de aprendizaje, que expresan los conceptos más relevantes asociados a la consecución del logro en el contexto de aprendizaje.
Un par de ejemplos:
- Repara útiles de corte y conformado de chapa relacionando sus acabados con las características del producto que se desea obtener (resultado de aprendizaje de un título de mecanizado)
- Logro: reparar
- Objetivo: útiles de corte y conformado de chapa
- Acción de contexto: relacionar sus acabados con las características del producto que se desea obtener.
- Elabora aparatos amovibles de ortodoncia seleccionando aditamientos según la prescripción facultativa (resultado de aprendizaje de un título de sanidad)
- Logro: elaborar
- Objetivo: aparatos amovibles de ortodoncia
- Acción de contexto: seleccionar aditamientos según prescripción facultativa
Los criterios de evaluación son concreciones que permiten valorar si los resultados de aprendizaje se han conseguido y expresan el nivel aceptable del mismo. Estos criterios incluyen los indicadores para medir los procedimientos, los conceptos y las actitudes asociadas en los resultados de aprendizaje. Por lo tanto, los criterios de evaluación caracterizan y concretan los resultados de aprendizaje esperados, orientan al respecto de la selección de contenidos, sobre la metodología, y sobre el diseño de los contextos de aprendizaje.
Tal y como ocurre con los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación también están formulados atendiendo a una estructura determinada, pero en este caso, se constituyen de dos grandes componentes:
- Acción realizada, donde se expresa, de forma cuantitativa y/o cualitativa, la concreción del resultado de aprendizaje.
- Contenido de la actividad y/o condiciones que define el contenido sobre el qué se ha conseguido el resultado de aprendizaje.
Veamos un par de ejemplos de resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
Es importante resaltar que los criterios de evaluación en FP tienen un enfoque distinto a los criterios de evaluación definidos en educación primaria, secundaria obligatoria y bachillerato. Si establecemos un símil aproximativo entre estas enseñanzas podríamos decir que los criterios de evaluación de primaria, ESO y bachillerato junto con los estándares de aprendizaje evaluables serían los resultados de aprendizaje de FP, mientras que los indicadores de logro del documento puente podrían ser los criterios de evaluación en FP. Pero bueno, este tipo de aproximación no puede interpretarse al pie de la letra y como he comentado se trata de un mero símil aproximativo.
Feliz miércoles,
Excelente, importante presentar literatura que fundamente el escrito
Buenas! Aquí Jaír, de EfectiVida.
Muy interesante lo que comentas. Justo ayer escuchaba un podcast del canal “Productividad y medicina”, en donde entrevistaban a un profesor muy puesto también con todo esto. De hecho, me llamó la atención la diferencia que hizo entre competencias y materias.
Siempre se aprende algo.
Por cierto, no sé por qué, pero no puedo dar al “Me gusta”, pero que sepas que me gusta tu artículo.
Saludos!
Muchas gracias Jaír,
Son pequeños matices que si se conocen pueden ser fundamentales para un adecuado diseño del.proceso de enseñanza y aprendizaje.
Un abrazo desde Muro del Alcoy,
Hola Raül, como siempre muchas gracias por tus entradas, especialmente por aclarar aspectos relacionados con FP, nos hace mucha falta!
Quería preguntarte algo acerca de los criterios de evaluación. He visto que en algunas programaciones los dividen en básicos, intermedios y avanzados para luego ponderarlos a la hora de calificar. ¿Es esto algo que se debe hacer en FP también o es algo que se aplica mejor a la forma de evaluar en ESO y Bachillerato?
Saludos!
Eva
Hola Eva,
Clasificar los criterios de evaluación en básicos, intermedios y avanzados puede ser una medida para clarificar la relevancia de cada uno de ellos, pero personalmente no creo que sea necesario. Basta con la ponderación que se le asigne a cada uno de ellos.
Un saludo,
Gràcies! 🙂
Me he dejado la segunda parte!
Además quería saber si se debe hacer concreciones de los criterios de evaluación que vienen en la legislación a la hora de aplicarlos en nuestras UD o es recomendable dejarlos tal cual.
Gracias de nuevo!
Eva
Hola de nuevo Eva,
Los criterios de evaluación en FP ya son bastante concretos. No veo la necesidad de concretar aún más. Creo que es rizar el rizo.
Un saludo,
Raül
Hola Raúl
En FP para aprobar el módulo hay que superar todos los resultados de aprendizaje. Mi pregunta es ¿se pueden ponderar los resultados de aprendizaje?, no los criterios de evaluación. O todos son igualmente importantes? Por ejemplo RA1 vale un 10%, el RA2-3 valen un 30% cada uno, y así hasta completar el 100%
Buenos días Beatriz,
Por supuesto que pueden ponderarse los resultados de aprendizaje (RA). También los criterios de evaluación que en ellos se incluyen. De hecho, es recomendable hacerlo.
Aunque no ocurre en todos los módulos, en la mayoría de casos los RA se presentan de forma procedimental, relacional y secuenciada, es decir que el RA2 requiere del aprendizaje del RA1 y así sucesivamente. Por tanto, es lógico que existan RA con relevancia distinta y por tanto con diferente peso de calificación.
Un saludo,
Hola. Beatriz, afirmas "..En FP para aprobar el módulo hay que superar todos los resultados de aprendizaje." ¿En que normativa viene reflejado tal afirmación?. La regulación de la fp establece que se tomarán como base, pero yo no he leído por ningún lado que se tengan que superar todos....
Si existe legislación al respecto te agradecería que me lo indicases. Gracias
Buenos días César,
Los objetivos, resultados de aprendizaje (RA) y criterios de evaluación son los referentes para evaluaren FP, pero no existe normativa (al menos en la Comunidad Valenciana) que establezca el requisito de tener que superar todos y cada uno de los RA. Se trata de un aspecto que debería concretar en la concreción curricular de cada centro educativo.
Un saludo,
Necesito conocer más sobre competencia y estándares en el criterio de evaluación para dar una conclusión descriptiva a cada escolar, en conclusión mi duda es el nivel apropiado para el logro y porque es el mismo nivel para primaria y inicial.
Necesito que aclare.
Gracias.
Hola Julia,
El nivel de logro asociado a cada resultado de aprendizaje y criterio de evaluación es una concreción curricular que debe realizar cada centro, equipo docente e incluso profesorado. Los referentes para determinar este nivel de logro son las propias competencias y objetivos, teniendo en cuenta los cursos en los que se preveé que se deben alcanzar y las asignaturas y/o módulos profesionales que ayudan a conseguir estas competencias y objetivos.
Un saludo,
Hola! Me surge de nuevo la duda tras leer tu comentario, Beatriz. Para aprobar los módulos, ¿no es necesario superar los criterios de evaluación en vez de los resultados de aprendizaje? Los criterios de evaluación están relacionados con cada resultado de aprendizaje, no? Pero lo que utilizas para evaluar es el criterio de evaluación, no el resultado de aprendizaje.
¿Estoy equivocada?
Muchas gracias a todos!
Eva
Hola Eva,
Los criterios de evaluación son realizaciones que permiten al profesorado identificar si el alumnado alcanza o no los resultados de aprendizaje. Repito, los importante son los RESULTADOS DE APRENDIZAJE. Los contenidos y los criterios de evaluación son herramientas.
El Real Decreto 1147/2011 (nivel estatal) indica en su artículo 51 que los objetivos y resultados de aprendizaje son los referentes de evaluación. En la Comunidad Valenciana la Orden 79/2010 remarca de nuevo lo que indica el artículo 51 del RD 1147/2011.
Un saludo,
Raül
Hola Raül, tengo una duda, a la hora de hacer la programación didáctica de FP para las oposiciones ¿es recomendable especificar indicadores de logro asociados a cada criterio de evaluación?. Gracias
Hola Sara,
Los indicadores de logro en FP son una concreción más propia de la programación de aula.
Un saludo,
Hola Raül.
Estoy leyendo los post y me parecen muy interesantes. Gracias por aclararnos las dudas.
Mi pregunta es en relación a los criterios de evaluación.
¿Es necesario que TODOS los criterios de evaluación se evalúen? ¿Pueden existir criterios de evaluación que no se evalúen si así lo hayas decidido en tu PD?
Estimado Pablo,
En FP los referentes de evaluación son los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación (artículo 51 del Real Decreto 1147/2011). Por tanto, si somos "puritanos" sí deberíamos tener en cuenta TODOS los criterios de evaluación. Como docentes debemos comprobar que nuestro alumnado ha alcanzado los resultados de aprendizaje tomando como referencia los criterios de evaluación. ¿Qué ocurre si un alumno o alumna no es capaz de demostrarnos la consecución de un criterio de evaluación determinado? Pues que este alumno no tendrá una calificación de 10 puntos, pero, entre el 10 y el 5 existe un margen en el que podemos movernos.
Por tanto, SÍ debemos evaluar todos los criterios, incluso, en función de la concreción curricular, podrían (deberían) existir más criterios de evaluación (los asociados al Proyecto Educativo de Centro). Ahora bien para considerar que el alumno ha superado el módulo profesional, NO necesariamente debe demostrar todos los criterios de evaluación. El criterio y el porcentaje de relevancia que se le debe asignar a cada criterio es competencia de los centros educativos a través de su concreción curricular.
Un saludo,
Hola Raúl,
En primer lugar gracias por tus aportaciones tan valiosas para nosotros.
Tengo una duda, el alumno debe aprobar todos los criterios de evaluación y aprobar todo los RA? y para referirnos a los CE y RA , qué verbo utilizamos? Aprobar, lograr, adquirir?
Y otra pregunta que siempre he tenido..¿ Porqué los objetivos se alcanzan y las competencias se adquieren?
Y por último...¿ Los ejes transversales los sacamos de las competencias profesionales, personales y sociales?
Gracias
Gracias
Estimada Elena,
Muchas gracias por tus palabras.
A la primera pregunta que me planteas le he dado respuesta en los diferentes comentarios asociados a esta etapa. De cualquier modo, repito, los Resultados de Aprendizaje (RA), junto con los objetivos, son los referentes para evaluar al alumnado. Por tanto, sí deberían superarse todos, aunque entre el 5 y el 10 existe margen de maniobra. Deberá ser la concreción curricular de cada centro educativo la que determine este detalle. Personalmente creo que no todos los RA han de ser determinantes, pero es posible que alguno de ellos sí tenga una influencia directa sobre el "aprobado - suspenso". En cuanto al verbo a utilizar, personalmente me inclino por "alcanzar".
Segunda pregunta. Los objetivos se alcanzan porque pueden (deben) conseguirse en el aula (centro educativo), mientras que las competencias deben adquirirse en el centro de trabajo. En los centros educativos podemos simular un entorno de trabajo, pero nunca será un entrono de trabajo real. Las competencias se redactan para adquirlas en un centro de trabajo. En los centros educativos podemos conseguir objetivos, pero no competencias.
Tercera pregunta. Los referentes del proceso deben ser los RA, no entiendo a que te refieres con "ejes transversales".
Un saludo,
Hola Raúl!
Para entender la secuencia para llegar a que los alumnos logren los objetivos y adquieran las competencias sería:
Utilizando las herramientas ( Contenidos y Criterios de evaluación) los alumnos ¿aprueban? los RA , y como estos últimos son competencias contextualizadas....adquieren las competencias.
¿ Y donde quedan los objetivos?
Gracias
Hola de nuevo Elena,
Los criterios de evaluación y los contenidos son herramientas que ayudan al docente a identificar si el alumnado ha alcanzado uno u otro Resultado de Aprendizaje (RA).
El RA es una concreción de los objetivos para un módulo profesional concreto. Los objetivo a su vez, se deducen de las competencias.
Por tanto, si a través de los contenidos y sobretodo de los criterios de evaluación evidenciamos que un alumno o alumna ha alcanzado los RA, podríamos afirmar que también a alcanzado los objetivos y por tanto el centro educativo ha contribuido en su medida para que el alumno/alumna adquiera las competencias asociadas.
Al final, todo queda en los RA. Si el alumnado alcanza los RA de todos los módulos profesionales, podemos tener la certeza que también ha alcanzado todos los objetivos del título. Si además el alumno/alumna es apto en la FCT podríamos decir que a adquirido las competencias, al menos, en un nivel aceptable.
Un saludo,
Hola, lo primero muchas gracias por tus aclaraciones, son de gran ayuda.
Tengo una duda, si los resultados de aprendizaje y sus criterios deben ponderarse, aplicándoles un porcentaje a cada uno, ¿cómo se evalúa?, porque creía que se ponderaba, por ejemplo el examen, las actividades, actitud... y si tengo que darle un porcentaje a cada RA y CE, ¿cómo puedo explicar que los voy a evaluar? Ando un poco perdida y no quiero que el tribunal me pille en esta parte. Muchas gracias, un saludo.
Hola Juani,
La calificación es una parte de la evaluación. Cuando asignamos un porcentaje estamos indicando el peso de la calificación en referencia a un aquello que queremos evaluar.
Te recomiendo que des un vistazo al siguiente WEBINAR: https://raulsolbes.com/2020/05/27/evaluacion-por-competencias-en-fp/
Un saludo,
buenas tardes, tengo una duda, podría cambiar el orden de los RA? o tengo que impartirlos tal cual dice el R.D? por ejemplo, puedo dar en primer lugar un RA3 antes que el RA1?
gracias
Estimada Fátima.
La distribución temporal es una competencia del centro educativo y debe concretarse en la programación didáctica. Por tanto, No estás obligada a seguir la secuencia de RRAA que establece el RD Ahora bien, los RRDD suelen redactarse en orden secuencial y es lógico seguir este orden. Un saludo.
Hola de nou Raül,
A la hora de realizar nuestra programación de aula para FP, ¿es conveniente añadir criterios de evaluación o con los objetivos didácticos que se añadan es suficiente para evaluar? Es que hay UUTT en las que los criterios de evaluación del currículo no alcanzan todo lo que se trabaja. Quizá es rizar el rizo...
Muchísimas gracias por todo lo que nos aportas con tu blog, como siempre
Hola Eva,
Depende de la sesión de clase, pero, como norma general, sí debería hacerse mención a uno u otro criterio de evaluación. Los resultados de aprendizaje y sus criterios de evaluación son los que deben guiar nuestra estrategia didáctica. En este sentido, siempre deberías estar desarrollando uno u otro criterio de evaluación.
Otra cosa distinta es que este criterio de evaluación lo califiques a través de un instrumento de evaluación o simplemente lo emplees para desarrollar un contenido.
Todas las actividades de enseñanza-aprendizaje deben evaluarse, pero no necesariamente todas deben calificarse.
Un saludo,
Hola Raül,
En primer lugar, gracias por tu trabajo y la aclaración de tantas dudas.
Se me plantea una duda que deriva de esta temática,
¿Para superar un RA es necesario superar todos los criterios de evaluación contenidos en el mismo?
O dicho de otra manera: ¿en el caso de que un instrumento de evaluación para un criterio de evaluación sea una prueba objetiva, si no se supera esta prueba objetiva, se adquiere el RA?
Hola Marco,
Entre el 5 y el 10 tenemos margen de maniobra. Recomiendo no ser estrictos. No tod@s sabemos de todo y de forma perfecta. Se trata de aplicar el sentido común y una ponderación razonable entre los distintos criterios de evaluación de cada resultado de aprendizaje. Lo ideal es que el alumnado diera respuesta positiva a todos los criterios de evaluación, pero la realidad es otra y debe concretarse en la concreción curricular de centro y en las programaciones didácticas.
Un saludo,
Muchas Gracias Raül,
Como bien dices, el sentido común junto con una ponderación razonable puede encontrar un correcto equilibrio de evaluación en cada RA.
En mi caso, y supongo que el de muchos, con el añadido de la modalidad Dual en la Formación Profesional hemos abierto otro abanico importante de calificaciones y ponderaciones, donde entran en juego las actividades de empresa. Por lo que al final, cuando estás con tu hoja de cálculo, con tantos parámetros para un solo estudiante, en cierta manera, te replanteas el sentido de esta gran estructura de evaluación y si el tiempo que se le dedica a ella es coherente.
Un saludo
Estimado Marco,
La evaluación forma parte del propio proceso de enseñanza y aprendizaje, es decir: el hecho de evaluar enseña y permite el aprendizaje. El aprendizaje depende de nuestro alumnado, pero los máximos responsables de la enseñanza somos los docentes. No es sencillo. Enseñar, enseñar bien, requiere de estrategias que deben atender a diferentes condicionantes. Del mismo modo, evaluar, evaluar bien, también requiere de estrategias, técnicas, instrumentos,... No podemos simplificar, aunque debemos siempre tener presente que "menos es más". Sin burocratizar, sin sobrecomplicar, pero tampoco sin sobresimplificar.
Un saludo,
Buenos días, me parece muy interesante todo tu trabajo.
en mi centro se da la circunstancia de varios compañeros que consideran que un alumno puede llevar una evaluación suspensa aunque la media delas ponderaciones de los RA sea superior a 5 porque en uno de ellos no ha alcanzado el 5.
¿Qué opinas sobre esto?
Hola María,
Muchas gracias por tus palabras de reconocimiento.
Respecto al caso que me planteas... Hay que estudiarlo con detalle, pues tus compañer@s podrían haber tomado una decisión acertada. En cualquier caso, a priori, a mí me "chirría". Soy de los que piensan que NO podemos ser tan estrictos. Dependerá del RA. Supongamos, por ejemplo, un módulo profesional con los siguientes RA:
RA1 - Identificar ...
RA2 - Configurar ...
RA3 - Programar ...
RA4 - Poner en marcha ...
RA5 - Reparar averías ...
Si las competencias y objetivos generales asociados a este módulo están única y directamente asociados a "programar" (por ejemplo), el hecho de poner como requisito que el alumnado deba superar el RA3 (programar) para superar el módulo, podría ser coherente (incluso conveniente). Ahora bien, el resto de RAs (en cuanto al ejemplo que te propongo), desde mi punto de vista, no deberían ser requisitos. Posiblemente si el alumnado no es capaz de "identificar (RA1)" y "configurar (RA2)" no pueda "programar (RA3)", pero la "puesta en marcha (RA4)" y la "reparación de averías (RA5)" podrían ser destrezas independientes.
Espero haberte ayudado. Un saludo,
Muchísimas gracias me sirve perfectamente tu respuesta y me ayuda a entenderlo.
Me gusta mucho todo lo que haces y desde que te he descubierto..la vedad me encanta, tu imaginación, tu creatividad y lo bien que sabes reflejarlo en el aula
Muchas gracias Marisa,
Por cierto, MIL PERDONES!!!! En el comentario anterior te he cambiado el nombre, je je je
Hola Raül,
Primeramente, mil gracias por toda la ayuda que nos ofreces.
Estoy realizando mi primera Programación Didáctica y aunque al principio me parecía un imposible de comprender, gracias a tu libro y los artículos de tu blog puedo ver el horizonte.
Espero ser capaza de poder explicar claramente mi duda.
Comunidad Valenciana, PD de FP Imagen personal, Código 0634, he creado mis UD (14) con todo el contenido que aparece en el BOE (256/2011) y el Currículo de la comunidad (D158/2017), de estos contenidos, he cambiado algo el orden en el que aparecen en mis UD “en el DECRETO 158/2017, de 6 de octubre CV” aparece en los contenidos, punto g) “Ergonomía en el proceso de maquillaje… “y “Higiene, desinfección y esterilización…”. Por lógica y sentido común he querido adelantar estos "subpuntos" que aparecen en grupo g) Asesoramiento…, a mi UD 4.
Primera pregunta, ¿puedo hacer estos cambios de lugar? O si o sí debo seguir el orden de las normativas.
Por otra parte, al haber hecho este cambio, me cuesta y no me gusta la descripción de los Resultados de Aprendizaje que aparecen en el BOE, mi segunda pregunta es ¿Puedo creas más RA basándome en los Criterios de Evaluación que los forman? Y así personalizar completamente con mi idea de UD, pero respetando y conservando todos los puntos que me pide la normativa.
¡¡Una vez más, muchísimas gracias!!
Hola Soledad,
Muchas gracias por tus palabras de agradecimiento.
Respondo a las dudas que me planteas:
1. Puedes realizar los cambios de secuenciación de aprendizajes que consideres oportunos. La temporalización es un aspecto que forma parte de la concreción curricular que debe realizarse en los centros, a través de la programación didáctica. En la mayoría de módulos profesionales los resultados de aprendizaje y sus criterios de evaluación se publican siguiendo un orden lógico (el proceso tecnológico del módulo profesional). Ahora bien, es posible que en ciertos módulos no sea así, o bien, circunstancias específicas del contexto (recursos, instalaciones, enfoque docente, interés del alumnado,...) recomiende un cambio de orden. En resumen, la legislación no obliga a seguir el orden publicado en el currículo.
2. Dentro del marco de autonomía de centro, en su concreción curricular, podrían proponerse resultados de aprendizaje. De hecho yo lo propongo para desarrollar las competencias y objetivos personales y sociales. Ahora bien, si tu programación didáctica es para la oposición, te recomiendo que no te metas en estos charcos. Debes tener tu propuesta muy razonada y es posible que en el tiempo que tienes de exposición no puedas defenderlo lo suficientemente bien para convencer al tribunal. En resumen, es posible, pero arriesgado.
Muchísimas de nada. Mucha suerte Soledad!!!
Hola Raul,
Yo considero que los RA determinan las competencias profesionales y son los que son. Tambien hay que valuar competencias personales y sociales pero no considero que para ello deban crearse nuevos RA.
Nosotros lo que estamos haciendo es determinar competencias evaluables que dividimos en Profesionales (incluyen los RA), Personales y Sociales y hacemos un anclaje curricular en el que las vinculamos a los objetivos, competencias y RA y le damos un peso en % a cada una de las competencias evaluables determinadas.
Gran trabajo raul, eres de muchísima ayuda.
Hola Beatriz.
La propuesta que realizas me parece también muy interesante. Lo importante desde mi punto de vista es atender también a la evaluación de las competencias personales y sociales y no centrarnos únicamente en las profesionales. Esta atención de los personal y lo social puede aterrizarse de muchas formas. La que propones puede ser perfectamente válida.
Un saludo.
Hola Raül,
Tu respuesta despeja todas mis dudas, seguiré tus consejos.
Gracias por tu atención,
Hola Raül, gracias por todo el material que pones en la web, me ha sido de gran utilidad, así como tu libro.
En mi programación para FP (C. Valenciana), en referencia a la evaluación, he puesto que necesitan sacar un 4, como mínimo, en el examen y que para poder aprobar una evaluación, deben haber superado (>=5) todos sus RA. Sin embargo, veo que la normativa no establece esos requisitos. (ORDEN 79/2010).
Estoy por quitarlos de la programación y no decir nada al respecto. Si me preguntan sobre ello en la defensa, puedo remitirme a la normativa.
¿Qué opinas?
Estimado Juan,
La normativa no especifica ningún mínimo. Utilizar notas mínimas de corte me parece justificado cuando la evaluación es sumativa y selectiva (por ejemplo, en un proceso selectivo). En cambio, cuando la evaluación es formativa, NO creo que sea una buena opción.
El centro educativo, en su concreción curricular puede establecer estos mínimos, pero yo no los recomiendo. Creo que se deben explorar otras vías. Por ejemplo, incrementar el número de tareas, actividades y pruebas para que el alumnado pueda "recuperar".
Un saludo,
Buy me a coffee
Muchas gracias Raül!!
Hola buenas Raúl ,
En primer lugar gracias por tu participación, tengo tu libro de programación y me ha resuelto muchas dudas, te sigo y pienso que haces una gran labor tanto a docentes como a los que estamos en el camino. Gracias.
Tengo una duda en el caso de realizar los criterios de calificación en la evaluación en conceptual ,procedimental y actitudinal.
Estaría bien a parte ponderar los criterios de evaluación y resultados de aprendizaje?
Gracias siempre.
Hola Encarni,
Muchas gracias por tus palabras.
Respecto a la duda que me planteas: desde mi punto de vista lo más acertado es correlacionar la evaluación con la calificación. Si los RA son los referentes para evaluar, deben utilizarse también para calificar. Por tanto, recomiendo que se ponderen los RA atendiendo a la relevancia que se le asigne en cada caso (por ejemplo, proporcionalmente al tiempo que se dedique a cada uno de ellos). Para concretar la calificación de cada RA debemos proceder del mismo modo pero ponderando sus CE (criterios de evaluación).
Un saludo,
Buy me a coffee
Muchísimas gracias ,por la aclaración.
Necesito calificar con un 10% la asistencia a clase pero no se puede poner.¿Qué puedo poner participa diarimente en las actividades individuales y grupales o cómo lo pongo en la programación de fp........?
Buenos días Isa,
Deberías replantearte la necesidad de calificar la asistencia.
Un saludo,
Hola Raül,
Impresiona tu inmenso trabajo divulgativo y de asesoramiento. Enhorabuena.
Planteé esta duda en otro hilo pero tal vez aquí pueda servir y aportar más así que la repito:
Estoy preparando una PD para un módulo de un ciclo LOGSE como TFM del Máster de Profesorado. Me surge la duda de cuál sería la terminología correcta de entre estas dos para usar a lo largo de todo el trabajo:
1-la actual terminología LOE-LOMCE (para este curso no nos piden LOMLOE): competencia general, competencias profesionales, personales y sociales, resultados de aprendizaje, cualificaciones profesionales y unidades de competencia, etc.
o
2-Perfil profesional: Campo profesional y tareas más significativas, etc. (la verdad no sabría bien qué terminología emplear teniendo en cuenta que en el currículo del ciclo, que es de 2004, no aparecen ni competencias, ni resultados de aprendizaje, y que el ciclo no está en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales ni dispone de Unidades de competencia)
Creo que sé como hacer una lectura interpretativa del ciclo LOGSE y hacer corresponder sus términos con los del la LOE-LOMCE, pero mi tutora me ha insinuado que usar terminología LOE en una PD de un ciclo LOGSE podría considerarse incorrecto.
Perdón por haberme extendido. Te agradezco cualquier ayuda.
Iker
pd: el ciclo en cuestión es de enseñanza de régimen especial: CFGS correspondiente al Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración, perteneciente a la familia profesional de Diseño de Interiores (Currículo DECRETO 237/2004, País Vasco)
Estimado Iker.
Muchas gracias por tus palabras de reconocimiento. Utilizar terminología LOE en un ciclo LOGSE no es lo más recomendable.
Personalmente te sugiero que sigas las indicaciones de tu tutora de TFM.
En las enseñanzas artísticas (LOGSE) los módulos se definen en base a: (1) objetivos, (2) contenidos y (3) criterios de evaluación.
Los módulos profesionales LOE se definen en base a: (1) resultados de aprendizaje, (2) criterios de evaluación, (3) contenidos y (4) orientaciones pedagógicas.
Son puntos de partidos notablemente diferentes.
Mi recomendación es que, si quieres emplear terminología LOE, valores la posibilidad de desarrollar la programación didáctica de un ciclo formativo LOE (¿Qué tal la familia de artes gráficas?)
Un saludo.
Tu apoyo me anima a seguir publicando y ahora puedes apoyarme de manera explícita, desde solo 3€
Hola Raül,
Muchas gracias por tu pronta respuesta y agradezco tu consejo. De hecho, me planteé usar un ciclo de Ilustración LOE pero de momento prefiero seguir intentándolo con el de Decoración LOGSE que es más afín a mi profesión.
Pero la verdad es que no sé bien qué conceptos y terminología usar (y me temo que mi tutora tampoco). Tengo básicamente 2 dudas:
1-me piden un apartado de “Competencia general (CG), profesionales, personales y sociales (CPPS). Cualificaciones profesionales (CP) y Unidades de competencia (UC)”
-En este apartado yo había extraído la información del apartado 2 Perfil profesional (PPR) del currículo: la CG la saqué del 2.1 Campo profesional (CPR), y las CPPS del 2.2 Tareas más significativas (TMS). No sé si es correcto. Tampoco sé si puedo usar el término Competencia (que no aparece en mi currículo) y los términos CG y CPPS o si directamente debo usar los términos PPR, CPR y TMS de la LOGSE. Aparte, ¿podría usar conceptos como Competencias clave o básicas, o Elementos transversales que son conceptos de legislaciones posteriores a la LOGSE?
-Y en cuanto a las CP y UC (que no existen para mi ciclo ya que no figura en el catálogo nacional), ¿digo sólo que la cualificación y las competencias las acredita el propio título?
2-me piden un cuadro relacional de elementos curriculares de la PD anual incluyendo Contenidos (CC), Criterios de evaluación (CE) y Resultados de Aprendizaje(RA)
-Entiendo de tu respuesta que no debo hablar de RA. ¿podría hablar de objetivos?... ¿o debo sólo hablar de contenidos y criterios de evaluación?
Lamento de nuevo haberme extendido. Muchas gracias y un saludo,
Iker
Buenos días Iker.
Lo que te piden para el TFM se basa en conceptos LOE. No puedes pedirle peras al olmo.
Los títulos LOGSE tienen unos puntos de partido distintos a los LOE. Tu interpretación y adaptación LOGSE-LOE es coherente, pero es de dudosa viabilidad.
Si para el desarrollo de tu TFM te piden conceptos LOE, debes utilizar un título LOE. Si continuas queriendo desarrollar una programación didáctica de un título LOGSE, deberás entrevistarte con tu tutora TFM para que te aclare cómo proceder. Considero que adaptar conceptos LOGSE a LOE no es la mejor solución, pero podría ser válida siempre y cuando cuentes con el visto bueno de tu tutora.
Otra solución podría ser desarrollar la programación didáctica del título LOGSE y utilizar un anexo en el que explicaras las adaptaciones pertinentes que se harías para adaptar conceptos LOGSE a LOE. En este caso, tu propuesta de adaptación de conceptos y terminología es coherente.
En cuanto a las preguntas que me planteas:
1. ¿Podría usar conceptos como Competencias clave o básicas, o Elementos transversales que son conceptos de legislaciones posteriores a la LOGSE? Salvo que la legislación autonómica lo desarrolle o la concreción curricular del centro educativo lo especifique, las competencies clave/básicas y los elementos transversales no suelen emplearse en FP. Por tanto, te recomiendo que no los utilices, aunque sí podrías incluir un anexo en el que hicieras referencia a las competencias clave/básicas de acceso (consulta los anexos del Real Decreto 1147/2011) y los elementos transversales que desarrollarías.
2. Y en cuanto a las CP y UC (que no existen para mi ciclo ya que no figura en el catálogo nacional), ¿digo sólo que la cualificación y las competencias las acredita el propio título? Se trata de una afirmación que te sacas de la "chistera" sin base legal alguna.
3. ¿podría hablar de objetivos?... ¿o debo sólo hablar de contenidos y criterios de evaluación? Los RA son competencias contextualizadas a cada módulo profesional. Se deducen de los objetivos generales. Tu propuesta va en la misma línea desde el principio. Se basa en adaptar conceptos que a priori no son adaptables y que no tiene base legal ni fundamento para hacerlo. De nuevo, te recomiendo que llegues a un acuerdo con tu tutora de TFM
En cualquier caso e independientemente de mis respuestas, te recomiendo que leas detenidamente el Real 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. Especialmente los artículos 5 y el 13. El 5 te permitirá entender mejor la organización de estas enseñanzas y el 13 te aportará ideas en cuanto a la autonomía que podrías tener en cuanto a la adaptación curricular en el centro educativo.
Iker, espero haberte sido de ayuda. Un cordial saludo y mucha suerte con tu TFM. Un saludo.
Muchísimas gracias Raül por todas tus aclaraciones. Me han ayudado mucho a acotar y centrar mi trabajo. Finalmente, y tras acordarlo con mi tutora, voy a hacer directamente una PD del título LOGSE (sin anexos explicativos de adaptaciones LOGSE-LOE que quedan fuera del ámbito de mi TFM):
Así, en el apartado de Elementos Curriculares trabajaré estos 2 subapartados que creo que son correctos para una PD LOGSE: (si ves algún error o se te ocurre alguna sugerencia te la agradezco):
1-OBJETIVOS generales del ciclo y Objetivos específicos del módulo
2-Cuadro relacional de elementos curriculares: CAPACIDADES, CONTENIDOS y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
-Me quedan 2 DUDAS sobre la necesidad de un posible tercer subapartado que podría denominarse: "Perfil profesional (o competencia profesional s/ LO 5/2002). Cualificaciones profesionales (CP) y Unidades de competencia (UC)"
-DUDA1: ¿sería adecuado este tercer apartado y hablar en él del perfil profesional o de Competencia Profesional (CAPACIDADES)?
-DUDA2: ¿sería necesario hablar también de las las CP y UC? En tu última respuestas me decías que mi interpretación era incorrecta y no tenía base legal, pero no sé si en una PD LOGSE directamente no tengo que mencionar las CP y las UC (ya que mi título se estableció por el RD/1464/1995, cuando no existía el CNCP y en cualquier caso no figura en él) o si por el contrario tengo que hablar de ellas (ya que para cuando se aprueba el Decreto del currículo autonómico vasco 237/2004 de mi ciclo ya existía tanto la Ley Org. 5/2002 del CNCP como el RD 1128/2003 que lo regulaba entonces). En este último caso, si tuviera que mencionar las CP u las UC, no sé qué debo explicar.
Mil gracias una vez más.
Estimado Iker.
Si tu tutora de TFM y tú habéis acordado desarrollar una programación didáctica LOGSE, adelante con ella.
Respondo a las dudas que me planteas:
1. La LO 5/2002 es de aplicación a las enseñanzas de FP, pero NO a las enseñanzas de régimen especial, en las que se ubican las enseñanzas artísticas.. Por tanto, yo no haría referencia a la Ley 5/2002. Debes centrarte en el Real Decreto 596/2007 (https://educagob.educacionyfp.gob.es/normativa/artisticas.html) y el Real Decreto que regula el ciclo formativo objeto d ela programación didáctica.
2. En las enseñanzas artísticas, las Cualificaciones Profesionales y las Unidades de Competencia se contemplan a partir del Real Decreto 596/2007. El problema que se te plantea es que el título que utilizas como base para la programación didáctica no incluye referencias a estos conceptos y por tanto, cualquier referencia que tú hagas será una adaptación sin base legal. Posiblemente puedas justificarla y apartar una razonamiento técnico y pedagógico, pero hasta que exista una actualización LOE del título LOGSE que utilizas, no habrá justificación legal. Hagas lo que hagas debes consensuarlo con tu tutora TFM.
Creo que quieres calzar algo que es legalmente imposible de calzar.
Desarrollar una programación didáctica en base a un título LOGSE puede ser interesante y una buena fuente de aprendizaje procedimental, pero quererlo hacer utilizando bases legislativas LOE, es muy complejo y en cualquier caso siempre deberás contar con el visto bueno de tu tutora de TFM.
Suerte Iker. Un cordial saludo.
Hola Raül,
Finalmente hice, como me sugeriste, una PD para el título LOGSE empleando su base legal y terminología LOGSE correspondiente. Aunque, probablemente, haya sido menos práctico que realizar una PD LOE, es cierto que me ha servido como aprendizaje procedimental (toda una experiencia! ;-p ).
Quería que supieras que finalmente obtuve una buena calificación en mi TFM y que el tribunal me felicitó por el trabajo. Así que, muchas gracias por toda tu ayuda y comprensión en la parte del marco normativo y justificación curricular conceptual.
Un saludo,
Iker
¡Guau Iker! Mi más sincera ENHORABUENA. Me alegra mucho poder leer tu comentario y saber que, no solo obtuviste una buena califación sino que sobretodo sacaste provecho formativo de toda la reflexión.
Muchas gracias por compartir y mucha suerte en el camino docente que se abre a partir de ahora
Hola Raül, tengo un problema debido a mi ignorancia. después de leer lo que voy encontrando que has publicado, y ver el video CEP SANTANDER, sigo sin tener claro como programar (soy novata). Tengo claro lo que tú llamas ciclo CORC, pero me pongo a desarrollar mi programación, asocio todo, pero luego no sé cómo evaluar las competencias personales y sociales. Según te he entendido, en logros dentro de los CE, pero no sabría cómo. ¿tienes publicado algún ejemplo real? ¿Es decir, un CE con diferentes logros y todas sus competencias? No sé si me he explicado porque tengo un caos importante ahora mismo en mi cabeza. Gracias por toda la información que compartes.
Hola Inma.
La duda que planteas es recurrente entre varias compañeras y compañeros.
En primer lugar debemos tener claro que NO podemos valorar cualquier ACTITUD. Nuestros referentes de evaluación son los Resultados de Aprendizaje (RRAA) y sus criterios de evaluación (CCEE). De manera indirecta debemos dar respuesta a las competencias generales y sobretodo, en el ámbito docente, a los objetivos generales. Por tanto, ¡ojo con valorar cualquier «actitud»!
Dicho lo anterior y respondiendo a tu pregunta, es posible valorar las competencias personales y sociales definiendo un RA y sus correspondientes CE, dentro de la concreción curricular del centro, y valorar este RA de manera independiente. Otra forma es integrando las competencias personales y sociales como requisitos para pasar de un nivel de logro al siguiente dentro de los instrumentos de evaluación que utilicemos para evaluar los RRAA que ya se definen en el currículum. Esta última opción, aunque posiblemente sea más compleja, puede ser menos «atrevida» y más coherente. En el post «La rúbrica de latín» de re-Programa tienen un ejemplo de cómo integrar CCEE con competencias clave (en el caso de FP deberíamos sustituir las competencias clave por las competencias personales y sociales).
Un saludo.
Muchas gracias, doy una vuelta a los post y si tengo más dudas te pregunto, ¡si no es mucha molestia! En mi cabeza lo tengo, voy a ver cómo lo plasmo
Saludos y gracias
Muy buenas, gracias por tus comentarios y aclaraciones. Estoy aprendiendo mucho.
El artículo 51 del RD 1147/2011, de 29 de julio dice:
"En todo caso, la evaluación se realizará tomando como referencia los objetivos, expresados en resultados de aprendizaje, y los criterios de evaluación de cada uno de los módulos profesionales, así como los objetivos generales de ciclo formativo"
En mi programación exijo aprobar todos los RA (ya he visto que no eres partidario y cambiaré mi decisión para el siguiente curso), pero ahora tengo que defender que esto es legal y realizable. ¿me.puedes ayudar con alguna ley que lo deje más o menos claro?
Gracias y un saludo
Hola Xavi.
Se trata de una concreción que debe realizarse en el centro educativo. Habrá módulos en los que el requisito de aprobar todos los RRAA sea coherente y otros en los que sea un requisito excesivo. Dependerá de la estructura de RRAA y de las prioridades de la comunidad autónoma y del centro educativo, prioridades que a su vez estarán condicionadas por el contexto. Un saludo
Buenas Raul, he descubierto tu blo y estoy enganchado¡
Una Duda, porque leyendo esto no se si lo estre haciendo mal
En mi caso, en una unidad didacta , por ejemplo, los criterios de evaluacion que empleo, observo el grado de consecuvion con un instrumento.
A ese Criterio le añado un peso percentual. La nota de ese criterio sale de multiplicar la nota del uno al 10 que he obtenido en el instrumento de evaluación por el peso del criterio.
El peso de todos los criterios suma 100.
En la misma unidad didáctica (en las diferentes actividades ) uso el mismo criterio dependiendo de los objetivos específicos de la unidad y le voy cambiando la ponderación según la importancia que tenga en esa actividad .
Por otro lado en una misma actividad uso mas de un instrumento de evaluacion (como dije tantos como criterios use)
Con todo esto me quedan unidades con muchos IE, a mi me gusta, porque evaluas todo y vas a lo especifico, no hay nada que valga mucho y tienen que trabajarse muchas pruebas para sacarlo, ¿pero, esto es correcto?
Usar el mismo criterio en actividades distintas de la misma unidad y evaluarlo cada vez con distinto peso porcentual?
Y obtener la nota de la evaluacion del sumatorio del multiplicar para el peso de cada criterio de evaluacion por la nota de su instrumento?
Un saludo y gracias de antemano
Hola Isra.
Lo que indicas parece laborioso, aunque correcto. Recuerda que no es necesario calificarlo todo. Debemos evaluar (que no es calificar) y calificar aquellas actividades o situaciones de aprendizaje que sean representativas. Con este principio optimizas muchísimo el proceso de evaluación.
Un saludo.