El pasado 4 de octubre se publicó la Orden 38/2017 por la que se regula la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria, en Bachillerato y en las enseñanzas de la Educación de las Personas Adultas en la Comunitat Valenciana. Se trata de una Orden a la que ya hicieron referencia las “Instrucciones de organización y funcionamiento de los centros docentes" y que ha suscitado mucho interés por parte de equipos directivos y profesorado en general.
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No es la primera vez que escribo con referencia a la evaluación, así que antes de continuar leyendo te recomiendo que des un vistazo a:
- Evaluación. Programaciones didácticas (ejemplo concreto del apartado "evaluación de una programación didáctica).
- Rúbricas de evaluación. Proyectos (descripción de una rúbrica y propuesta de herramienta informática para su aplicación).
- Rúbrica para evaluar tu programación didáctica.. (propuesta de una rúbrica para evaluar la programación didáctica).
- Sesiones de evaluación (reflexión sobre el carácter de las sesiones de evaluación).
- Cuaderno virtual del profesorado (propuesta de una herramienta informática para gestionar la evaluación y calificación de un grupo clase).
- Evaluación de la práctica docente y educativa. El "Portfolio" (propuesta de evaluación de la práctica docente a través del "portfolio").
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En la entrada de hoy únicamente me centraré en dar una pincelada general a lo que, desde mi punto de vista, son los rasgos más relevantes de esta Orden de evaluación con respecto a ESO y bachillerato. Y es que "novedades" bien pocas, pues a grandes rasgos, todo lo que se indica en esta Orden ya se regulaba en otras publicaciones anteriores. Ahora bien, es de agradecer que se agrupe toda la evaluación en una única Orden.
Vamos al lío...
El capítulo I (disposiciones generales) de la Orden 38/2017 indica que:
- La evaluación será continua, formativa, integradora, colaborativa y participativa.
- Se entiende por evaluación continua aquella que detecta y soluciona los problemas de aprendizaje en el momento en que se producen.
- Se entiende por evaluación formativa aquella que se dirige a la mejora del proceso de enseñanza y aprendizaje.
- Los referentes para la evaluación son los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje, de forma que ambos (criterios y estándares) han de emplearse para comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas.
- Las competencias básicas deben evaluarse a través de indicadores de éxito (rúbricas o escalas de evaluación).
- El profesorado debe emplear procedimientos de evaluación variados e incorporar estrategias de autoevaluación y coevaluación.
La evaluación en ESO además de ser continua y formativa, también debe tener carácter inclusivo. Es decir, el profesorado debe tener en cuenta los criterios de evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables en cada materia y la diversidad de capacidades, ritmos de aprendizaje, intereses y motivaciones del alumnado.
En la evaluación en bachillerato, se le otorga mayor importancia a la diferenciación por materias, de forma que el profesorado de cada materia decidirá, a la finalización del curso, si el alumno o alumna ha alcanzado los objetivos y ha conseguido el grado adecuado de adquisición de las competencias básicas correspondientes.
Por tanto, en ESO, las decisiones sobre evaluación/promoción deben tener carácter colegiado (equipo docente), mientras que en bachillerato su carácter es marcadamente diferenciado por materias y profesorado.
¿Cómo afecta todo esto a la programación didáctica?
En el apartado "Evaluación del alumnado" de las programaciones didácticas (artículo 4 del Decreto 87/2015), y en sus cuatro subapartados: (1) criterios de evaluación, (2) instrumentos de evaluación, (3) criterios de calificación, y (4) actividades de refuerzo y ampliación) deberían hacerse constar las siguientes orientaciones básicas:
- La evaluación será continua, formativa, integradora, colaborativa y participativa.
- Los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje serán los referentes de evaluación.
- La evaluación de competencias básicas se realizará a través de indicadores de éxito.
- Los instrumentos de evaluación serán variados (rúbricas, controles, autoevaluación, coevaluación,...).
¿Se puede diferenciar entre contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales?
¡Sin problema! Ahora bien, con las competencias básicas ya no es necesario hacer esta diferenciación, pues "una persona es competente en algo" cuando es capaz de aplicar un conocimiento (concepto y procedimiento) en una situación determinada, en el momento preciso y de la forma adecuada (actitud).
¿Se asigna una calificación a cada materia y a cada competencia básica?
Los resultados de la evaluación deben expresase mediante una calificación numérica en cada una de sus materias. En cuanto a las competencias básicas, es necesario que el profesorado compruebe su logro de adquisición, lo cual deberá realizarse a través de las materias generales, pero no es necesario que este "logro" se cuantifique numéricamente, aunque probablemente sea lo más sencillo.
¿Cómo relaciono materias y competencias básicas?
El Decreto 87/2015 relaciona contenidos, criterios de evaluación y competencias clave (AQUÍ lo tienes diferenciado por materias) y el Real Decreto 1105/2015 hace referencia a los estándares de aprendizaje evaluables de las materias troncales. A partir de esta información y atendiendo a la autonomía y a las características de cada centro educativo, es posible desarrollar hojas de cálculo e incluso aplicaciones informáticas que relacionen las calificaciones de cada instrumento de evaluación con las competencias básicas, asignándoles un porcentaje en función de diferentes criterios: tipo de materia, grado de influencia del instrumento de evaluación con cada competencia,...
Se me terminó el tiempo, aunque admito que hoy me he quedado con ganas de desarrollar este último apartado, así que en un futuro no descarto escribir una entrada que lo desarrolle.
Te deseo un fantástico miércoles,
Raül
NOTA: IMAGEN DESTACADA TOMADA DE PIXABAY
Hola Raül, ¿Cómo podríamos adaptar esto a evaluar en FP?
Muchas gracias una vez más por las interesantes entradas en tu blog!
Hola Eva,
En FP me parece que es mucho más práctico y fácil. Los Resultados de Aprendizaje sustituyen a los Estándares de Aprendizaje evaluables de ESO y BAT. Los criterios de evaluación en FP tienen una redacción más concreta y fácilmente interpretable.
En cuanto a las competencias clave y las competencias profesionales, personales y sociales:
1. No se nos exige que se evalúen, aunque sí seria interesante hacerlo.
2. En el caso de hacerlo:
a. Debería ser el departamento didáctico o el profesor/a responsable del módulo, quien estableciera la relación entre competencias y resultados de aprendizaje.
b. Una vez establecida esta relación, el proceso de evaluación y calificación seria el mismo que propongo para ESO y BAT, es decir, a través de una herramienta (más o menos sofisticada) que asigne porcentajes entre la calificación de un resultado de aprendizaje y las competencias asociadas, de forma que paralelamente tengamos evaluados y calificados tanto los resultados de aprendizaje como las competencias.
Un saludo,
Raül