Después de una semana de descanso vuelvo de nuevo al ruedo, y es que la semana pasada, visto lo que ocurrió en Badalona, decidí no escribir y tomarme el miércoles 12 de octubre, al menos públicamente, como día festivo. Últimamente paso de "malos rollos", ya tengo una vida bastante entretenida para meterme en "fregaos" que minen mi energía y buena voluntad. Llevo ya unos meses aplicando este criterio y la verdad es que me va genial, y es que cuando detecto que algún proyecto o persona puede afectarme negativamente, simplemente me olvido, paso página y a otra cosa. ¡Pruébalo, es genial!
Hoy escribiré respecto de un tema del que ya hacía tiempo que quería escribir...
y más concretamente te daré mi opinión respecto de si...
La tutoría es una acción orientativa llevada a cabo por la tutora o tutor de un grupo de alumnado, pero también por el resto del equipo docente. Las acciones que pueden abordarse son muchísimas, como por ejemplo:
- orientación académica y profesional,
- desarrollo de estrategias de aprendizaje,
- atención a la diversidad,
- prevención y resolución pacífica de conflictos,
- promoción de la convivencia,
- desarrollo personal, académico y profesional,
- ...
Por su parte, la orientación es un proceso sistemático dirigido a todo el alumnado. Cubre un ámbito más amplio que la tutoría (general) y a la vez más específico (intervención psicopedagógica especializada). Sus funciones fundamentales son: "desarrollar", "prevenir" y en caso de ser necesario "corregir", y puede intervenir de forma directa (atención individualizada) o indirecta (acciones en grupo).
Hay que tener en cuenta que:
Las referencias legislativas en torno a la tutoría y la orientación son numerosas:
- La Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa 14/1970 suposo el reconocimiento de la tutoría y de la orientación.
- La Ley Orgánica de Derecho a la Educación (LODE 8/1985), en su artículo 6f indica que el alumnado tiene derecho a recibir orientación escolar y profesional.
- La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE 1/1990) consideró la orientación como un elemento inherente a la educación y estableció la línea de trabajo actual.
- ...
- La Ley Orgánica de Educación (LOE 2/2006) y Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE 8/2013) incluyen numerosas referencias a la tutoría y a la orientación: principios (artículo 1), aprendizaje a lo largo de la vida (artículo 5), en los principios pedagógicos de las distintas enseñanzas (título I), en las funciones del profesorado (artículo 91),...
- En al Comunidad Valenciana, las referencias legislativas también son numerosas: Decreto 233/1997 (título IV), Decreto 234/1997 (título IV), instrucciones de inicio de curso, Decreto 39/2008, Orden 62/2014,...
Atendiendo a nuestra legislación autonómica: la tutoría forma parte de la función docente, cada grupo de alumnado tendrá asignada o asignado una tutora o un tutor, la jefa o jefe de estudios es la o el responsable de coordinar a las tutoras y tutores,... Las funciones de las tutoras y tutores pueden consultarse en los decretos a los que he hecho referencia en el párrafo anterior y en las instrucciones de inicio de curso, de forma que existen ligeras particularidades según la enseñanza que se trate, pero algunas de sus funciones son:
- Aplicar el Plan de Acción Tutorial (PAT).
- Coordinar la evaluación del alumnado.
- Facilitar la integración de las niñas y niños en el grupo de clase.
- Informar a las familias de forma periódica (al menos una vez por trimestre).
- Fomentar la cooperación educativa.
- Mediar entre el grupo de alumnado y el equipo docente y la dirección
- ...
Por su parte, los servicios psicopedagógicos, gabinetes educativos y psicopedagógicos y departamentos de orientación se encargan de: apoyar y asesorar a los centros educativos, elaborar y difundir materiales e instrumentos de orientación, coordinar actividades, realizar evaluaciones psicopedagógicas, asesorar a los equipos docentes, elaborar el PAT (en los institutos de secundaria),...
Obviamente la necesidad y la importancia pedagógica y organizativa de la tutoría y de la orientación no debe ponerse en duda, no solo por motivos legales, sino, y mucho más importante, por las oportunidades que brindan para potenciar la EDUCACIÓN y facilitar el desarrollo personal, académico y profesional de nuestro alumnado.
Las distintas instrucciones de inicio de curso, así como los Decretos 108/2014 y 87/2015 por los que se regula el currículo de educación primaria y educación secundaria y bachillerato, dejan bien claro que la tutoría es una hora lectiva dentro del horario semanal del alumnado. Así ocurre también en la Formación Profesional Básica (Decreto 185/2014). Ahora bien, esto no queda tan claro en los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior, pues las órdenes que regulan el currículo no hacen referencia alguna a la tutoría. Por su parte, las instrucciones de inicio de curso (para el 2016-2017 es la Resolución del 7 de julio de 2016) tampoco deja claro si la hora de tutoría debe ser lectiva, pues únicamente hace referencia a las funciones a desarrollar por la tutora o tutor. Por su parte el Orden 69/2015 por la que se establecen criterios para la dotación de plantillas y para la determinación de condiciones de trabajo del profesorado de los centros docentes públicos que imparten ESO, Bachillerato y Formación Profesional, en su artículo 11 (criterios para determinar las horas lectivas dedicadas a las funciones de tutoría) indica:
... los tutores y las tutoras de cada grupo de un ciclo formativo dispondrán de una asignación de dos horas lectivas dentro de su horario. Una de dichas horas lectivas estará dedicada a todo el grupo de alumnos; la otra hora lectiva se dedicará a la atención individualizada o en pequeños grupos de alumnado...
Por tanto, teniendo en cuenta que una de las horas lectivas de la tutora o del tutor debe dedicarse a todo el grupo de alumnado, ¿debe aparecer esta hora de tutoría en el horario del curso?
Después de varios años impartiendo cursos y jornadas de diversa índole en "bastantes" centros de formación profesional he podido comprobar de la existencia de centros educativos en los que la tutoría de FP sí figura en el horario del alumnado y otros tantos en los que esto no es así. Desde mi punto de vista existe base legal para incluir la hora de tutoría de FP como una hora dentro del horario semanal, y por tanto, el incluirla o no depende de la política de centro y de los criterios pedagógicos para el diseño de los horarios.
Mi opinión es que...
En caso de NO ser así...
- ¿Cómo se desarrolla en Plan de Acción Tutorial?
- ¿Cuando se atienden los problemas generales del grupo de alumnado?
- ...
La hora lectiva y presencial con el alumnado permite desarrollar numerosas acciones transversales que, bien aplicadas, a largo plazo provocarán notables mejoras en el proceso de enseñanza y aprendizaje y más importante aún, en el desarrollo personal, académico y profesional de nuestro alumnado.
Por tanto, si en tu centro sí existe una hora de tutoría incluida en el horario semanal de FP, ENHORABUENA, "ole con ole". En caso contrario, por favor, reflexiona al respecto y coméntalo a tu equipo directivo. Tal vez puedas cambiar la política educativa...
Pasa un miércoles genial!!!
Por cierto, si te interesa la orientación y la tutoría, te recomiendo el blog de "orientaguia", incluye recursos muy "chulos" y unas publicaciones periódicas tremendamente interesantes.
Horarios de Tutoría de Formación Profesional.
Buenos días,
Me llamo Javier, y trabajo para una empresa que está interesada en implantar una herramienta para trabajar las entrevistas por competencias en Formación Profesional.
No se si puedes decirme el número de horas de tutorías que exixsten en FP ya que tengo entendido que esto cambia por Comunidad Autónoma.
Muchas Gracias.
Un Saludo.
Buenos días Javier,
El número total de horas de reducción para loabores de tutoría en FP depende de varía en función de si se trata de primer o segundo curso y en el caso de la FP dual, también del número de alumnos y de empresas. En cualquier caso para la Comunidad Valenciana:
- Tutor de primer curso de FP: 2 horas lectivas (una con el grupo clase y otra de atención individual) + 2 horas complementarias
- Tutor de segundo curso de FP: 5 horas lectivas (una con el grupo clase, otra de atención individual y tres para el seguimiento y la gestión de la FCT) + 2 horas complementarias.
- Tutor de primer curso de FP básica: 1 hora lectiva (con el grupo clase) + 2 horas complementarias.
- Tutor de segundo curso de FP básica: 3 horas lectivas (una con el grupo clase y dos para el seguimiento y la gestión de la FCT) + 2 horas complementarias.
- En cuanto al tutor de FP dual:
* Menos de 5 alumnos: 2 horas lectivas lectivas para 1º curso + 2 horas lectivas para 2º curso + 3 horas complementarias
* Entre 5 alumnos y 14 alumnos: 2 horas lectivas lectivas para 1º curso + 3 horas lectivas para 2º curso + 3 horas complementarias
* A partir de 15 alumnos y más de 5 empresas distintas: 2 horas lectivas lectivas para 1º curso + 4 horas lectivas para 2º curso + 3 horas complementarias
Un saludo,
Raül
Me podrías decir la orden donde vienen las horas de tutoría asignadas al profesor de FCT dual
Hola Alicia,
En la Comunidad Valenciana, las tutorias de FP dual se regulan en el articulo 12 dela ORDEN 69/2015, de 25 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen criterios para la dotación de plantillas y para la determinación de condiciones de trabajo del profesorado de los centros docentes públicos que imparten ESO, Bachillerato y Formación Profesional, dependientes de la consellería competente en materia de educación.
Un saludo,
Hola Raül,
En primer lugar, felicitarte por el gran trabajo que realizas en tu blog. Me orienta y guía a la hora de intentar ordenar y organizar la multitud de legislación del sistema educativo español.
Dicho esto, mi pregunta es si hay alguna normativa que especifique las funciones del tutor docente de 1º de CFGS. Encuentro de forma muy específica las funciones del tutor de 2º de CFGS, desde el Decreto 234/1997 hasta la Resolución de 19 de julio de 2017 (Instrucciones de inicio de curso). Sin embargo, no se menciona las tareas concretas de un tutor de 1º de ciclo.
Quizás existen pero no soy capaz de encontrarlas... o en caso de que no se reflejen en ningún lado, cuál crees que es el motivo? Entiendo que en caso de que no existan dichas funciones a nivel legislativo, se da por hecho que se rigen por las tareas vigentes para un centro de Educación Secundaria?
Muchas gracias y saludos.
María.
Hola María,
Muchas gracias por tus palabras.
En cuanto a la pregunta que me formulas: ¿Cuáles son las funciones del tutor de 1º de CF?
El Decreto 234/1997 define en su artículo 97 las funciones del profesor tutor.
La Orden 69/2015 especifica, en su articulo 11.1, que en los ciclos formativos de grado medio y superior los tutores y las tutoras de cada grupo de un ciclo formativo dispondrán de una asignación de dos horas lectivas dentro de su horario. Una de dichas horas lectivas estará dedicada a todo el grupo de alumnos; la otra hora lectiva se dedicará a la atención individualizada o en pequeños grupos de alumnado. A su vez, dedicarán tres horas lectivas en segundo curso para la preparación, el seguimiento y la evaluación del módulo de Formación en Centros de Trabajo. Asimismo, en cada curso dedicarán dos horas de carácter complementario para labores de coordinación.
Atendiendo al articulo 97 del decreto 234/1997 y al articulo 11 de la Orden 69/2015, el tutor de primer curso no interviene en la gestión de la FCT, pero en la práctica, en función de la carga de trabajo que pueda tener el tutor de segundo curso y de las horas que se puedan liberar en período de FCT, es común que el tutor de primero ayude al de segundo en la FCT.
Un saludo,
Raül
Hola, el alumnado está obligado a asistir a la hora de tutoría? soy tutora de segundo de un ciclo de grado medio.
Hola Eva,
Formalmente no, pues la "tutoría" no es curricular. Ahora bien, puede contemplarse en las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro algún mecanismos para fomentar la participación del alumnado. Dos estrategias clave podrían ser:
1. Diseñar un Plan de Acción Tutorial atractivo y provechoso para el alumnado (técnicas de estudio, orientación académica y profesional,...)
2. Que la hora de tutoría no sea la primnera ni la última del horario lectivo semanal
Un saludo,
HOLA, en los Grados de FP, hay tutorías informativas con los padres?
Por supuesto Belén.
La familia del alumnado, excepto que éste esté emancipado, tiene derecho a estar informada sobre la evolución de su hij@.
Un saludo.