Ha sido un curso complejo, pero tal y como se reconoció en el acto de homenaje del Ministerio de Educación y FP, el profesorado ha estado muy por encima de la situación. Ha sabido mantener controlado el COVID-19 y a pesar de las limitaciones de los planes de contingencia ha llevado el proceso de enseñanza y aprendizaje mucho más allá de las enseñanzas mínimas. ENHORABUENA!!!!!

En la Comunidad Valenciana hoy finaliza el curso lectivo 2020-2021. Ahora toca reflexionar, emitir informes, reunirnos con las familias,... En pocos días deberemos planificar el curso 2021-2022. Tod@s sabemos que será un curso menos complejo, pero todavía no podremos catalogarlo como "normal".

En el post de hoy te traigo un pequeño resumen de lo que a priori serán las líneas generales de evaluación, promoción y titulación para el curso 2021-2022. Espero de todo corazón que te facilite la planificación del próximo curso.

Vamos al lío...


El Ministerio de Educación y Formación Profesional publicará en breve el Real Decreto que regulará la evaluación promoción y si corresponde titulación en educación primaria, ESO y Bachillerato (AQUÍ puedes consultar el PROYECTO de Real Decreto).

De acuerdo al calendario de aplicación de la LOMLOE, este Real Decreto entrará en vigor el curso 2021-2022.

La LOMLOE basa la evaluación, promoción y titulación principalmente en la consecución de los objetivos y la adquisición de las competencias necesarias para la formación del alumnado, y primando siempre este criterio sobre la mera consideración del número o combinación de materias superadas. En consonancia con este marco, cobra una especial relevancia la actuación colegiada del equipo docente, a quien se otorga la responsabilidad última de la decisión sobre la promoción y la titulación..

De este PROYECTO de Real Decreto de evaluación, promoción y titulación se deduce:

Evaluación

La evaluación se llevará a cabo tomando como referente los diferentes elementos del currículo que se recogen en los anexos I y II del Real Decreto 126/2014 y Real Decreto 1145/2014 (contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje). En todo caso, se tendrá en cuenta que los estándares de aprendizaje evaluables que figuran en dichos anexos tendrán carácter meramente orientativo.

En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales los referentes de la evaluación durante la educación básica serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción al siguiente curso o etapa, o la obtención del título de Graduado en ESO. Para atender a la diversidad en la evaluación, las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación deberán adaptarse a las circunstancias del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Deberá promoverse el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, diversos y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado.

  • En educación primaria la evaluación deberá ser continua y global.
  • La evaluación en ESO será continua, formativa e integradora.
  • En Bachillerato la evaluación será continua y diferenciada.

Cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas deberán adoptarse tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles. Los centros podrán elaborar programas de refuerzo o de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo requiera.

No debemos olvidar que el profesorado deberá evaluar tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

Promoción

La repetición en la educación básica debe ser considerada una medida excepcional que solo se podrá adoptar una vez durante la educación primaria y dos veces como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria y que deberá ir acompañada de un plan específico y personalizado de apoyo para la adquisición de las competencias no alcanzadas.

En Bachillerato, el profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes. Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo.

  • El educación primaria:
    • El equipo docente adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora.
    • Se accederá al curso o a la etapa siguiente cuando el equipo docente estime que los aprendizajes que, en su caso, no se hubieran alcanzado no impiden al alumno o a la alumna seguir con aprovechamiento su formación.
    • Si el equipo docente considera que la permanencia un año más en el mismo curso es la medida más adecuada para favorecer su desarrollo, se organizará un plan específico de refuerzo para que durante ese curso pueda alcanzar el grado de adquisición de las competencias correspondientes.
    • Los tutores y las tutoras de 2º y 4º emitirán al finalizar el curso un informe sobre el grado de adquisición de las competencias de cada alumno o alumna, indicando en su caso las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo siguiente.
    • Cada alumno y cada alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su evolución y las competencias desarrolladas.
  • En ESO:
    • Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro serán adoptadas, de forma colegiada, por el equipo docente, atendiendo a la consecución de los objetivos al grado de adquisición de las competencias establecidas y a la valoración de las medidas que favorezcan el progreso del alumno o la alumna.
    • Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las materias que, en su caso, pudieran no haber superado, les permite seguir con éxito el curso siguiente y se estime que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica. En todo caso, promocionarán quienes hayan superado las materias o ámbitos cursados o tengan evaluación negativa en un máximo de dos. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, se computarán solo una vez las materias o ámbitos de distintos cursos que tengan idéntica denominación.
    • Las Administraciones podrán establecer directrices de actuación, sin que, en ningún caso, el número o la combinación de materias o ámbitos no superados pueda ser la única circunstancia a tener en cuenta en la decisión sobre la promoción.
    • La permanencia en el mismo curso se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna. En todo caso, el alumno o la alumna podrá permanecer en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria (excepcionalmente podrá permanecer un año más en 4º de ESO, aunque se haya superado el máximo de permanencia siempre que no supere los 19 años de edad).
    • La permanencia en el mismo curso se planificará de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumnado y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas. Estas condiciones se recogerán en un plan específico personalizado con cuantas medidas se consideren adecuadas para este alumnado.
    • Al finalizar el segundo curso se entregará un consejo orientador que incluirá un informe sobre:
      • El grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes,
      • Una propuesta de la opción más adecuada para continuar su formación, que podrá incluir la incorporación a un programa de diversificación curricular o a un ciclo formativo de grado básico.
    • Al finalizar la etapa todo el alumnado recibirá un consejo orientador individualizado que incluirá una propuesta sobre la opción u opciones académicas, formativas o profesionales más convenientes.
  • En Bachillerato:
    • Promocionarán de primero a segundo cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo.
    • Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas u optar por repetir el curso completo.

Titulación

Quienes superen todas las materias o ámbitos de la etapa obtendrán el título de Graduado en ESO. Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos que, habiendo finalizado el curso con evaluación negativa en una o más materias, hayan alcanzado, a juicio del equipo docente, las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Las Administraciones educativas podrán establecer directrices para la actuación de los equipos docentes, sin que, en ningún caso, el número o la combinación de materias o ámbitos no superados puedan ser la única circunstancia a tener en cuenta en la decisión sobre la titulación.

La superación de un Ciclo Formativo de Grado Básico conducirá igualmente a la obtención del título de Graduado en ESO.

El título de Graduado en ESO será único y se expedirá sin calificación. En cualquier caso, todos los alumnos y alumnas recibirán, adicionalmente al consejo orientador, al concluir su escolarización en la ESO, una certificación oficial en la que constará el número de años cursados y el nivel de adquisición de las competencias de la etapa.

Para obtener el título de Bachillerato será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos. No obstante, se contempla la posibilidad de que, excepcionalmente, el equipo docente pueda decidir la obtención del título de Bachiller por el alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se cumplan además todas las condiciones siguientes:

  1. Que el equipo docente considere que el alumno o la alumna ha alcanzado los objetivos y competencias vinculados a ese título.
  2. Que no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada por parte del alumno en la materia.
  3. Que el alumno o la alumna se haya presentado a todas las pruebas y realizado todas las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria.
  4. Que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a cinco.

El PROYECTO de evaluación, promoción y titulación también contempla aspectos relacionados con:

  1. La obtención del título de Bachillerato a partir del título de Técnico o Técnica en Formación Profesional o en Artes Plásticas y Diseño, así como a partir de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza.
  2. Le educación de personas adultas
  3. Las pruebas libres.
  4. Los documentos oficiales de evaluación

En super-resumen, se "propone" una evaluación marcadamente continua, formativa y colegiada (al menos durante la educación básica). La permanencia en el mismo curso será una medida extraordinaria que solo podrá aplicarse después de haber adoptado medidas de refuerzo y apoyo. En el supuesto que deba emplearse esta medida extraordinaria será necesario establecer un plan específico de recuperación.

Feliz miércoles,

Raül

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