En el debate de investidura de Mariano Rajoy ya se dio por entendido que alguna cosa iba a ocurrir con la LOMCE. Pocas semanas después, PP, Ciudadanos y PSOE parace que ya se han puesto de acuerdo en algunos aspectos.

"Con objeto de colaborar decididamente al proceso de dialogo que debe concluir en el Pacto de Estado, Social y Político por la Educación y en cumplimiento de los compromisos políticos asumidos, el Gobierno amplía el plazo para la implantación de las evaluaciones, de manera que, mientras se lleven a cabo las negociaciones, estas pruebas no tengan efecto alguno para la obtención de los títulos de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y su organización y desarrollo no afecte al funcionamiento ordinario de las Administraciones educativas y los centros docentes".

Textualmente esto es lo que se indica en el tercer párrafo del segundo apartado del Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. (en adelante RDL 5/2016)
Por tanto, como era previsible se aplazan las famosas "reválidas" (muy posiblemente acabarán por eliminarse).

¿Y como quedan ahora las controvertidas "reválidas"?

Pues lo dice muy "clarito" el cuarto párrafo del segundo apartado del RDL 5/2016:

"Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación, la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria consistirá en una prueba sin efectos académicos y de carácter muestral, mientras que en el caso del Bachillerato se realizará una prueba de características semejantes a la hasta ahora vigente Prueba de Acceso a la Universidad y válida a los solos efectos de acceso a la universidad. Además, durante este periodo, el objeto de las pruebas se limitará a las materias troncales del último curso de cada etapa".

embudo

Con todo esto se modifican varios publicaciones legislativas de carácter nacional, concretamente:

El RDL 5/2016, en su artículo 1, modifica la disposición final quinta de la LOMCE (calendario de implantación), de forma que:

  • La evaluación final de la Educación Primaria será considerada muestral y tendrá finalidad diagnóstica. La selección de alumnado y centros debe ser suficiente para obtener datos significativos, pudiéndose hacer con carácter censal.
  • Lo mismo ocurre con la evaluación final de la ESO, es decir, será muestral y tendrá finalidad diagnóstica, de forma que se evaluará la competencia matemática, la lingüística y la social y cívica, teniendo en cuenta únicamente las asignaturas troncales generales cursadas en cuarto curso (la prueba NO tendrá efectos académicos).
  • En cuanto a la evaluación final del Bachillerato se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a estudios universitarios y versará únicamente sobre las materias generales del bloque de asignaturas troncales de segundo curso (incluyendo, en su caso, la lengua cooficial). El alumnado que quiera subir su nota de admisión podrá examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de asignaturas troncales de segundo curso. Así mismo, el alumnado con el título de técnico, técnico superior o técnico de enseñanzas profesionales de música o danza, podrán obtener el título de bachiller cursando y superando las asignaturas troncales de modalidad.
  • Respecto a la FP básica, el alumnado con el título básico de FP podrán obtener el título de ESO, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la ESO y adquirido las competencias correspondientes.
  • Por último, para el acceso a las enseñanzas universitarias de grado:
    • En el curso 2016-2017 se realizará una prueba de características semejantes a la hasta ahora vigente Prueba de Acceso a la Universidad (Real Decreto 1892/2008) y válida a los solos efectos de acceso a la universidad. Además, durante este periodo, el objeto de las pruebas se limitará a las materias troncales del último curso de cada etapa educativa.
    • Para quienes accedan en el curso 2017-2018 y hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado, la calificación obtenida en la prueba que realicen los alumnos que quieran acceder a la universidad, será la media aritmética de las calificaciones numéricas de cada una de las materias generales del bloque de asignaturas troncales y, en su caso, de la materia lengua cooficial, expresada en una escala de 0 a 10 con dos cifras decimales y redondeada a la centésima. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos, para que pueda ser tenida en cuenta en el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

En resumen, se paralizan todas las "reválidas" previstas en la LOMCE (solo tendrán efecto diagnóstico y muestral) y queda todo prácticamente igual que en la LOE.

Desde mi punto de vista, el RDL 5/2016 es un primer paso realmente importante y de todo corazón espero que se llegue a un verdadero Pacto de Estado social y político por la EDUCACIÓN. Un Pacto que incluya a todos los partidos políticos, incluyendo, obviamente a PODEMOS, de verdad espero que no solo sea un pacto entre PP, PSOE y Ciudadanos. Además, deseo que sea un PACTO de total consenso y de profunda reforma, no solo centrada en incluir o eliminar asignaturas y algún que otro objetivo, sino, fundamentalmente, un PACTO que permita que nuestras niñas y niños aprendan la verdadera esencia de la educación, la convivencia, la democracia, el amor,... Un PACTO del que se derive una Ley de Educación que se adapte de verdad a las necesidades de nuestra sociedad, una nueva estructura innovadora y atrevida, en la que la educación no esté dividida en bloques independientes sino que sea global e integradora de todos los conocimientos.

Cruzo los dedos para que así sea.

Pasa un maravilloso miércoles,

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