Tres semanas sin escribir y de lleno en el "proyecto" que me obligó a tomarme este "descanso". Lamentablemente el "proyecto"se alargará más de lo inicialmente esperado, y el tiempo que dedico a escribir a este blog se me retorna con creces, no solo a nivel profesional sino sobretodo a nivel personal. En este sentido, he decidido reanudar mis reflexiones, así que vuelvo al ruedo!!!


Teniendo en cuenta que durante estas semanas la Programación General Anual (en adelante PGA) es una actualidad latente en los centros educativos valencianos, intentaré resolver algunas dudas comunes respecto de su importancia, diseño y desarrollo
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Manos a la obra!!!!


¿Qué es PGA?

De forma resumida puede definirse como la concreción del Proyecto Educativo de Centro (en adelante PEC) y también la concreción del Proyecto de Dirección, para un curso escolar. Además, debe incluir aspectos relacionados con la organización, el funcionamiento y calendario de actuaciones. Obviamente debe cumplir con las disposiciones reglamentarias que regulan las enseñanzas, la organización y el funcionamiento de los centros educativos.

¿Para qué sirve?

Es un documento institucional de gran importancia pues vertebra la acciones que se desarrollarán en el centro educativo en un curso escolar. Obviamente debe elaborarse en base al PEC, por lo que el centro educativo debe tener previamente definido y consensuado su proyecto de centro.

Una PGA coherente e íntegra permitirá que las acciones que desarrolle el centro educativo sean adecuadas a la estrategia organizativa y pedagógica del centro. Por otro lado, permitirá que las acciones y actividades que se pongan en marcha  durante el curso estén alineadas con los valores, objetivos y prioridades de actuación del PEC (adecuación a la "misión" y a la "visión" del Centro). Se trata de coherencia, integridad, pero también de eficiencia. Además, tiene una gran utilidad, no solo para el centro sino también para obtener datos "macroeducativos", tanto a nivel autonómico como a nivel nacional.

Por tanto, una PGA correctamente estructurada, realista, coherente e íntegra, será sinónimo de un equipo directivo que, al menos, reflexiona respecto de su gestión y tiene medianamente claro hacia donde se dirige. Por contra, una PGA sin pies ni cabeza, sin los contenidos adecuados, con referencias a aspectos que nada tienen que ver con el funcionamiento real del centro,... será sinónimo de un equipo directivo que, tal vez gobierne, pero que difícilmente lidere y desde luego difícilmente sepa hacía donde se dirige, y en el supuesto de saberlo, dudo que lo haga de forma eficiente.

La LOE/LOMCE dedica su artículo 125 a la PGA, y textualmente indica:

"Los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados."

En la Comunidad Valenciana, los Decretos 233/1997 y 234/1997, por los que se establece el reglamento orgánico y funcional de las escuelas de infantil, colegios de primaria e institutos de secundaria, concretan el contenido y el procedimiento de desarrollo de la PGA para los centros docentes valencianos.
Ahora bien, son las instrucciones de inicio de curso las que especifican con detalle los apartados y el procedimiento de desarrollo. Obviamente existen matices y sutiles diferencias entre la PGA de las escuelas de infantil y colegios de primaria, y la PGA de los institutos de secundaria. Centrémonos, por ejemplo, en los institutos de secundaria y por tanto, en la Resolución del 1 de julio de 2016, más concretamente en su segundo apartado:

"Programación General Anual"

  • Debe elaborarla el equipo directivo de acuerdo con los criterios adoptados por el Consejo Escolar y con las propuestas realizadas por el Claustro de profesores y los de la Junta o Consejo de delegados, asociaciones del alumnado y de las asociaciones de padres y madres del alumnado.
  • Estará constituida por el conjunto de actuaciones derivadas de las decisiones adoptadas en el proyecto educativo elaborado en el centro y la concreción del currículo. Se trata de la concreción de los criterios y orientaciones generales para cada curso escolar, e incluirá:
    1. Actualización del plan de convivencia
    2. Actuaciones prioritarias en los siguientes ámbitos:
      • Desarrollo del currículo y actividades complementarias y extraescolares.
      • Orientación escolar.
      • Situación de los programas lingüísticos del instituto.
      • Análisis del proceso de aplicación del plan de normalización lingüística.
      • El programa anual de formación permanente del profesorado.
      • Actuaciones y programas para la atención a la diversidad, para la convivencia y para la acción tutorial.
    3. Procedimientos, calendario y plazos para el desarrollo de las actuaciones anteriores.
    4. Mecanismos de evaluación de las medidas de mejora del curso anterior.
    5. Horario general del alumnado y criterios pedagógicos para su elaboración, los horarios de los diferentes grupos de alumnado y de los programas, así como los horarios del profesorado.
    6. Memoria administrativa (estadística de principio de curso , situación de las instalaciones y del equipamiento,...).
    7. El programa anual del comedor escolar (si es el caso).
    8. En general, todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento
      del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas y todos los planes de actuación acordados y aprobados.
    9. Concretará también la distribución de materias, ámbitos y módulos y del profesorado que las impartirá, de acuerdo con los programas lingüísticos.
  • Se tramitará siguiendo los siguientes pasos:
    1. Aportación de propuestas por parte del Claustro, el Consejo Escolar, el Consejo de Delegados y el AMPA (obviamente el equipo directivo debe fomentar la participación y recoger las propuestas)
    2. Redacción por parte del equipo directivo.
    3. Traslado de la propuesta de PGA, al Claustro y al Consejo Escolar, quienes elaborarán un informe (valoración de la propuesta).
    4. Aprobación por el director o directora del centro.
    5. Grabación en ITACA de todos los elementos que componen la PGA (administrativos, estadísticos, pedagógicos).
    6. Puesta a disposición de la comunidad educativa.
    7. Además, deberá realizarse un seguimiento periódico y al finalizar el curso escolar, el Claustro, el Consejo Escolar y el equipo directivo, deberán evaluar su grado de cumplimiento.
  • Los plazos para el curso 2016-2017 son los siguientes:
    • Puesta de la propuesta de PGA a disposición a la comunidad educativa, al menos, una semana antes de la reunión del órgano.
    • Fecha límite para su aprobación y puesta a disposición d ela Administración educativa: 15 de noviembre de 2016
    • Fecha límite para la remisión de la memoria final: 21 de julio de 2017

Por tanto, la Conselleria de Educación deja tremendamente claro el contenido de la PGA, así como todas las normas referentes a su diseño, contenido, desarrollo y evaluación.

Pasa un miércoles fantástico!!!

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